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No se trata de fondos coparticipables

Ricardo Alberto Muñoz. Redacción Puntal*

La decisión del Presidente de la Nación de reducir los fondos que la Nación remitía anualmente a la CABA del 3,50% al 2,32% está dando lugar a una gran discusión tanto política como jurídica, la que se extiende al proyecto de ley emanado del PEN actualmente en consideración del Senado del tratamiento de aprobación del Convenio de Transferencia parcial de la Policía Federal y la determinación del aporte que anualmente se girará a esta jurisdicción para su financiamiento.

Creo indispensable realizar algunas breves referencias sobre la Ciudad de Buenos Aires. Por ser Capital de la República Argentina, esta ciudad desde 1880 ha tenido un tratamiento económico privilegiado, consistente, entre otros aspectos, en que gran parte de sus necesidades en cuanto a servicios públicos fueron atendidos por entidades nacionales o financiadas por el Tesoro Nacional; la seguridad prestada por Policía Federal Argentina y la Justicia ordinaria – no la federal – llamada “nacional” eran (son ) financiados por partidas del presupuesto nacional. A diferencia de lo que ocurre en el resto del territorio nacional, en que la seguridad y Justicia son financiadas con recursos provinciales.

La Reforma Constitucional de 1994 vino a resolver una irritante desigualdad política e institucional al posibilitar que los porteños pudieran elegir a su intendente - hasta entonces era un delegado del Presidente de la Nación que era jefe local e inmediato de la Capital Federal– denominado jefe de Gobierno y dictar un Estatuto Organizativo de sus Instituciones, que titularon Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pero la autonomía otorgada a la CABA tiene limitaciones constitucionales en tanto fuera sede de las autoridades nacionales pudiendo éstas dictar normas para garantizar el interés nacional. Dichas limitaciones desaparecerían si el gobierno nacional resolviera trasladar la Capital Federal a otro lugar del territorio nacional cumpliendo las exigencias del art. 3 CN.

La CABA permanentemente reivindicaba tener en sus manos tanto la policía como la Justicia, pero exigiendo también la transferencia de fondos necesarios para su sostenimiento. La denominada “ ley Cafiero” – ley 24588-, así conocida por su inspirador el senador por Buenos Aires, abuelo del actual jefe de Gabinete, prohibía expresamente que la Ciudad tuviera sus organismos de seguridad. Posteriormente, mediante la ley 26288 del año 2007, se elimina tal prohibición, por lo que la CABA puede ejercer funciones y facultades de seguridad en materias no federales, lo que diera lugar a la creación de la Policía Metropolitana sostenida económicamente por la Ciudad, aunque por sus limitaciones la Policía Federal Argentina continuó ejerciéndolas.

El 05/01/2016, a escasos días de la asunción presidencial de Mauricio Macri, éste celebró con el jefe de Gobierno de la CABA un “Convenio de transferencia progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas la materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, que fuera aprobado solamente por la Legislatura de esta ciudad pero nunca fue sometido al tratamiento del Congreso Nacional. En virtud de esta transferencia que no fue solamente de funciones y facultades o de personal, sino de importantes activos físicos: inmuebles, muebles, armamento, automotores, aviones, caballos y hasta perros, incluyendo contratos, todo ello cedido a la CABA. Por ello se creó la Policía de la Ciudad, unificando la anterior Policía Metropolitana y la parte transferida de la Policía Federal.

El entonces presidente Macri dictó el decreto 194/2016 por el cual elevó el porcentaje de participación de la CABA del 1,40% llevándolo al 3,75% para solventar la transferencia de parte de la Federal pero sin realizar cálculos que justificaran dicho porcentual ni brindar argumentos que explicaran cómo se llegó a ese porcentaje, lo que diera lugar a fuertes críticas de las provincias. Posteriormente, Macri por otro decreto redujo el porcentaje al 3,50% aunque tampoco con fundamentos.

De tal modo que por simple decreto –no DNU y tampoco por Ley – se elevó considerablemente el aporte de la Nación a la CABA. Ello obedecía al criterio de que por tratarse de distribución de fondos nacionales –sin incidencia en los coparticipables a las provincias- es de competencia presidencial y de la Jefatura de Gabinete.

A comienzos de este año 2020, el presidente Alberto Fernández advirtió al jefe de Gobierno porteño que el porcentaje fijado unilateralmente por Macri para financiar el traspaso era a todas luces excesivo y no condice con las necesidades reales para cumplir con las funciones de seguridad en la CABA para materias no federales, por lo que dicta decreto 735/2020 en que reduce el porcentual a percibir por CABA al 2,32%. Pero ello dentro de un esquema de transición, finalizado el cual, mediante la sanción de la ley -actualmente en discusión- en que se volverá al originario 1,40% y además se destinará un monto fijo exclusivamente orientado a otorgar los recursos suficientes para hacer frente a lo estrictamente necesario para afrontar la transferencia de facultades y servicios policiales, estimado actualmente en la suma de veinticuatro mil quinientos millones de pesos ($ 24.500.000.000,00) que se actualizará en ejercicios sucesivos mediante un índice compuesto en un ochenta por ciento (80%) del índice nominal del salario promedio de la PFA y en un veinte por ciento (20%) por el índice de precios al consumidor.

La suma resultante se dividirá en cuotas mensuales que se transferirán del Tesoro Nacional hacia la CABA y su actualización en forma trimestral.

En base ello, extraigo las siguientes conclusiones: a) la modificación del porcentaje realizado por decreto no es inconstitucional porque no modifica materia reservada al Congreso, no se ve afectada ninguna ley tributaria ni de coparticipación, porque no se modifica porcentaje alguno coparticipado a las provincias y se realiza sobre fondos nacionales administrados por el Poder Ejecutivo, sin tocar el porcentaje originario del 1,40% asignado a CABA, este sí coparticipable; es decir, no existe lesión al art.75.2 CN; b) una norma con jerarquía de decreto –dictada por Mauricio Macri- puede ser modificada o incluso derogada por otra norma de similar jerarquía –decreto dictado por Alberto Fernández-; c) el proyecto de ley viene a cumplir con una grave omisión del gobierno anterior que no sometió el Convenio de Transferencia para su tratamiento en el Congreso de tal modo que su puesta en práctica obedeció a la exclusiva decisión presidencial; d) el cambio de modalidad empleado para financiar el traspaso de funciones no lesiona al art. 75.2 párrafo 5 CN que requiere que “no habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin la respectiva reasignación de recursos”; estos se asignan pero se discutirá el mismo en el Congreso de la Nación, de tal modo que los representantes de todas las provincias –y no solamente la Legislatura de la CABA– puedan debatir sobre esta importante cuestión y evitar lo ocurrido, en que se transfirió unilateralmente por decisión del anterior presidente a esa ciudad un notorio exceso de recursos por encima de lo necesario para compensar la transferencia de funciones.

Aunque todos los argentinos todavía continuamos financiando la policía de seguridad en asuntos no federales de la CABA en virtud de una cláusula constitucional, lo cierto es que con el proyecto de ley queda a la luz pública el gran negocio de recibir activos físicos nacionales sin costo alguno -que fueron pagados por todos los argentinos- y obtener recursos que implicaron un subsidio encubierto sin contraprestación para esa Ciudad. Se trata de superar una situación de notoria inequidad.

Queda pendiente una nueva Ley Convenio de Coparticipación Federal de Impuestos, cuyo plazo se encuentra notoriamente excedido toda vez que por mandado constitucional debió sancionarse antes de finalizado el año 1996, sobre la base de acuerdos entre Nación y Provincias. Tal demora, estimo, obedece a varias causas, especialmente la falta de decisión política de los distintos gobiernos nacionales y el difícil consenso a alcanzar entre las provincias argentinas. Pero ello requiere de otras reflexiones.