Condena: 10 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante
Se trata de Sixto Darío Díaz, de 46 años y oriundo de la localidad de Ticino. La condena, además, fue agravada por su condición de guardador y por la relación de convivencia y también lo sentenciaron por corrupción de menores
Nació en Ticino. Tiene 46 años y 4 hijos. En Villa María, en un boliche, conoció a una mujer —madre también de 4 hijos— oriunda de Colazo. Se fue a vivir con ella. Y allí, en la localidad del departamento Río Segundo, ocurrieron los hechos.
En principio, los episodios se habrían desarrollado desde el 2015 hasta la actualidad: es decir, desde que la víctima, del entorno familiar, tenía 2 años.
Sixto Darío Díaz. Previo a su detención, trabajaba como camionero. Llegó al banquillo de los acusados de la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, acusado de abuso sexual calificado por la condición de guardador y por la convivencia.
Según pudo conocer PUNTAL VILLA MARÍA, el imputado se abstuvo de declarar ante la jueza Eve Flores, en una audiencia que se realizó a puertas cerradas, por tratarse de delitos de instancia privada.
El momento de los alegatos
Respecto a la prueba hay que indicar que los testimonios se incorporaron por la lectura. Luego llegó el momento de los alegatos. El primero en hacerlo fue el fiscal Francisco Márquez.
A partir de los datos recolectados por este matutino, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de diez años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante y calificado —por la condición de guardador y por la convivencia—, y corrupción de menores. Díaz fue asistido por la asesora letrada, Silvina Muñoz.
Ella, por su parte, pidió que la condena sea de cuatro años por abuso sexual simple calificado por la convivencia —también hizo hincapié en que el período en el que se registraron los hechos no se podía probar—.
El veredicto
Una vez finalizada la presentación de los fundamentos de las partes, se dictó un cuarto intermedio. Exactamente a las 12, se abrieron nuevamente las puertas del recinto para conocer la sentencia —cabe aclarar que el momento en el que se da a conocer la pena es público—.
Ingresaron algunas personas. El silencio reinó en la sala. La secretaria, Gabriela Sanz, leyó la sentencia. Se lo declaró autor responsable de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por su condición de guardador y por la relación de convivencia, y por corrupción de menores, y se le impusieron diez años de prisión de cumplimiento efectivo, condena que, como se dijo, había sido requerida por Márquez.
Díaz, mientras escuchaba el veredicto, tenía la cabeza gacha. Tenía los ojos escondidos, resignados.
—El juicio ha concluido— dijo, Flores.
En otro sector de la sala, una joven lloraba. Lloraba.
Franco Gerarduzzi. Redacción Puntal Villa María
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En principio, los episodios se habrían desarrollado desde el 2015 hasta la actualidad: es decir, desde que la víctima, del entorno familiar, tenía 2 años.
Sixto Darío Díaz. Previo a su detención, trabajaba como camionero. Llegó al banquillo de los acusados de la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, acusado de abuso sexual calificado por la condición de guardador y por la convivencia.
Según pudo conocer PUNTAL VILLA MARÍA, el imputado se abstuvo de declarar ante la jueza Eve Flores, en una audiencia que se realizó a puertas cerradas, por tratarse de delitos de instancia privada.
El momento de los alegatos
Respecto a la prueba hay que indicar que los testimonios se incorporaron por la lectura. Luego llegó el momento de los alegatos. El primero en hacerlo fue el fiscal Francisco Márquez.
A partir de los datos recolectados por este matutino, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de diez años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante y calificado —por la condición de guardador y por la convivencia—, y corrupción de menores. Díaz fue asistido por la asesora letrada, Silvina Muñoz.
Ella, por su parte, pidió que la condena sea de cuatro años por abuso sexual simple calificado por la convivencia —también hizo hincapié en que el período en el que se registraron los hechos no se podía probar—.
El veredicto
Una vez finalizada la presentación de los fundamentos de las partes, se dictó un cuarto intermedio. Exactamente a las 12, se abrieron nuevamente las puertas del recinto para conocer la sentencia —cabe aclarar que el momento en el que se da a conocer la pena es público—.
Ingresaron algunas personas. El silencio reinó en la sala. La secretaria, Gabriela Sanz, leyó la sentencia. Se lo declaró autor responsable de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por su condición de guardador y por la relación de convivencia, y por corrupción de menores, y se le impusieron diez años de prisión de cumplimiento efectivo, condena que, como se dijo, había sido requerida por Márquez.
Díaz, mientras escuchaba el veredicto, tenía la cabeza gacha. Tenía los ojos escondidos, resignados.
—El juicio ha concluido— dijo, Flores.
En otro sector de la sala, una joven lloraba. Lloraba.
Franco Gerarduzzi. Redacción Puntal Villa María