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“No me pueden pedir una condena por violación cuando no hay acceso carnal”

El fiscal de Cámara, Francisco Márquez, fue cuestionado tras el fallo, por familiares de la víctima y en las redes  sociales. Insistió que durante la instrucción no hubo oposición por parte de la querella a un hecho “muy confuso”
 
El pasado jueves, Alejandro Guillermo Ghione (55) fue condenado a 3 años de prisión en suspenso por el abuso sexual de su hija. El fallo desató un fuerte reclamo de familiares de la menor, entre ellas su madre, quien admitió sentir “impotencia porque parece que abusar sexualmente de una criatura de 4 años y hacerle las cosas que le hicieron no lleva a nada”.

Y tras ello se sucedieron los cuestionamientos con acusaciones graves al fiscal de Cámara, Francisco Márquez, al término de la audiencia y luego por intermedio de las redes sociales. Cuando finalizó el debate, Márquez evitó manifestarse al respecto, aunque en la mañana de este viernes sí lo hizo.

En su despacho, recibió a medios periodísticos, entre ellos PUNTAL VILLA MARÍA, que demandaban su apreciación. El fiscal, fiel a su estilo, fue contundente en sus declaraciones. “No me pueden pedir una condena por violación cuando no hay acceso carnal”, sostuvo en un tramo de la charla; mientras que en otro recordó que la querella “se podría haber opuesto cuando el fiscal eleva la causa a juicio. Abogados caros, de Córdoba y de la ciudad, no hay una objeción a lo actuado por el Ministerio Público”.

Declaraciones

“Lo primero que debo decir es que se trató de una audiencia a puerta cerrada, porque es un hecho atento a la naturaleza de la víctima, que es menor y de índole sexual, no debo dar precisiones porque aumentaría la revictimización”, explicó, aunque reconoció estar “muy tranquilo de haber obrado conforme al derecho. No creo que me merezca las calificaciones de quienes dicen de que dejamos en libertad a un violador, porque esa no es la prueba”.

“La prueba concreta que hay es una denuncia. En primer lugar, la mamá de la víctima contó con el asesoramiento de abogados desde el momento de la denuncia. A lo largo del proceso, 4 abogados se sucedieron. El artículo 18 de la Constitución habla del debido proceso y del derecho de defensa que tiene todo ciudadano y que en el Código de Procedimiento está reflejado. La primera acusación que se le formula es imputación, donde se le da participación en los actos instructorios”. 

Luego de la imputación a Ghione “se practicaron pericias, cámara gesell, entre otras. Sobre la base de esas pruebas viene una segunda etapa, con participación de los abogados defensores del imputado y del querellante particular, que es la mamá. El fiscal de instrucción fija el hecho, es decir los extremos de una imputación, y le dice a la persona que ‘...usted hizo esto, yo lo acuso de esto...’. Voy a salir de este expediente para no revictimizar, pero no es lo mismo que le diga a una persona que violó y mató, como en el caso de la víctima de Pozo del Molle (Brenda Arnoletto) y donde se consiguió perpetua, a que le digan que  ‘...usted tocó la cola de una persona y es el papá...’ No es lo mismo un tocamiento superficial que un tocamiento gravemente ultrajante. No es lo que está acusado”.

Sin prueba producida

Márquez sostuvo que cuando el fiscal de instrucción fijó el hecho, “las partes pueden producir todas las pruebas que quieran; no hay prueba producida y no hay discusión del hecho por el querellante particular. Él no puede venir a decir ahora que es gravemente ultrajante, que es algo que no dijo en la audiencia”.

“Lo puede haber dicho después de haber escuchado gritos de gente que quiere linchar. A mí no me pueden pedir pena de muerte, porque no está permitida en Argentina. No me pueden pedir una condena por violación, cuando no hay un acceso carnal. Tengo que circunscribirme a lo que hay”, dijo.

Y admitió que la querella ha tenido “cada momento procesal, al momento de la indagatoria, cuando el fiscal eleva la causa a juicio se podría haber opuesto. Abogados caros, de Córdoba y de la ciudad, no hay una objeción a lo actuado por el ministerio público. El expediente llegó acá en marzo, uno de ustedes hizo una nota y me enteré de que querían con urgencia -el juicio- y al día siguiente pedí la audiencia, que se hizo ayer -por el jueves-”.

E insistió en que si el condenado “hubiera cometido un delito y -llega a juicio- acusado de violación, hubiera pedido la escala penal del tercer párrafo del artículo 119, pero viene acusado del primer párrafo. Para el caso de un ciudadano común tiene una pena de 6 meses de mínimo, para el de un papá de 3 años de mínimo”.

Acuerdo con la defensa

Márquez puntualizó que una vez fijada la audiencia, “vino el abogado defensor -Alexis Andrada- y hablamos. Si se presenta hacemos el juicio en libertad, sino lo hace pido la detención. Lo que está, es una cámara gesell muy confusa”.

“Summitt (Ronald) es un psicólogo norteamericano que relató el síndrome del abuso sexual infantil y habla de la confusión, disociación, revelación. Acá, concretamente hay una mamá que vio una conducta extraña. Entonces la llevó a una psicóloga, que dijo que por como juega con los muñequitos, entiende que esta nena ha sufrido un abuso sexual. Esa es la prueba que hay”, recalcó.

“La nena en la cámara gesell dice lo que digo yo que dijo, y que es lo que la mamá no le discutió a los fiscales. Hay un tocamiento externo. Los psicólogos dicen que habría sufrido abuso sexual, no parece que miente, y el imputado levanta la mano. Al querellante particular, antes de iniciar la audiencia, se le informó que el imputado iba a confesar. Yo quiero que declare la mamá, si se modifica la prueba veremos; y sino se modifica voy a pedir tres años”, recordó en relación al instante previo al inicio de la audiencia.

“La mamá relató todo lo que había dicho. Terminado eso, incorporamos el resto de la prueba, las pericias. Y una vez incorporadas, alegamos. Pedí lo que había acordado con la defensa. Es de buen abogado saber evitar riesgos. A mí conseguir una confesión me garantiza una condena firme, donde el papá confesó para la mamá, y para la salud mental de la criatura es que no mintió”, aclaró. 

“A mí me atacaron de los dos lados, porque los hijos mayores del acusado lo defienden a ultranza. No soy Dios para saber cuál es la verdad. Sé que tengo un hecho confuso, muy confuso, relatado en la cámara gesell, sobre la base de la cual la tocó en la zona vaginal. La gente puede decir lo que quiera, yo me siento tan honesto como el primer día”, finalizó la entrevista en su despacho.



Daniel Brusa.  Redacción Puntal Villa María

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