Policiales | audiencia

Tres años de cumplimiento efectivo por comercializar estupefacientes

Juan Rodolfo Machado, de 60 años, fue encontrado culpable de vender drogas en su domicilio, ubicado en calle Salto Grande al 200, en barrio Las Playas. Fue defendido por el abogado Antonio Alarcos
 
En la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, Juan Rodolfo Machado fue condenado a 3 años de prisión por ser el autor responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada.

De esta manera, el hombre de 60 años y oriundo de la provincia de Buenos Aires, deberá cumplir la pena de manera efectiva en el establecimiento penitenciario local.

Los hechos

Una denuncia anónima recibida en la Fiscalía de Lucha contra el Narcotráfico constituye el punto de partida de una investigación que terminaría, tiempo después y a partir de una serie de avistajes, con la detención de Machado a manos de la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) y de Gendarmería Nacional.

Los hechos ocurrieron entre los días previos al 22 de agosto de 2016 y el 6 de septiembre de 2017. En una vivienda ubicada en Salto Grande al 200, en barrio Las Playas, de acuerdo a lo que se conoció según la lectura de la pieza acusatoria, el imputado comercializaba sustancias prohibidas por la Ley 23.737 de tenencia y tráfico de estupefacientes.

En julio del año pasado Machado le vendió a dos personas cinco cigarrillos de marihuana, más conocidos como porros, que pesaban en su totalidad 1, 4 gramo.

Fue dos meses después de este episodio -en el que se secuestraron los porros en una plaza de la zona después de que los sujetos que los habían comprado los soltaran con motivo de que un patrullero pasó por el lugar- que la FPA allanó el hogar del hombre que fue llevado al banquillo de los acusados.

Más específicamente en septiembre del año pasado, aproximadamente a las 20.30, los efectivos ingresaron a su residencia y secuestraron una licuadora con restos de marihuana. Es por eso que el individuo llegó al recinto con la acusación que ya fue señalada con anterioridad.

Los datos personales

Una vez finalizada la lectura de los acontecimientos, el juez Félix Martínez le tomó los datos personales a Machado.

Así se conoció que, entre otras cosas, tiene tres hijos y se desempeñaba, previo a su aprehensión, como albañil.

Por otra parte dijo que nunca consumió alcohol ni drogas y, finalmente, se hizo cargo de los hechos. En relación a esto último es oportuno indicar que el juicio fue abreviado, lo que significa que hubo un pacto de condena —pena que no puede ser superada por el juez— que se estableció entre la fiscalía y el abogado defensor del hombre.

El momento de alegar

Seguidamente, tanto el fiscal Francisco Márquez como Antonio Alarcos, el asistente de Juan Rodolfo Machado, tuvieron la palabra para alegar.

El representante del Ministerio Público Fiscal pidió que se incorpore por la lectura la totalidad de la prueba e hizo una breve referencia a los hechos que ya habían sido pormenorizados por Guillermo Picco, el actuario. Luego solicitó la pena de 4 años de prisión.

Por su lado, Alarcos compartió la calificación legal para el hecho pero discrepó respecto a la pena. De esta forma planteó la inconstitucionalidad del mínimo legal previsto por el artículo 5 de la Ley 23.737 y citó el conocido fallo “Loyola, Sergio Alejandro”, que fue dictado en octubre de 2016 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba.

En esa ocasión, se declaró “inconstitucional la escala penal para el último eslabón del comercio de estupefacientes” —narcomenudeo—. Y, además, se especificó que el mínimo de cuatro años “viola el principio de proporcionalidad de las penas y de igualdad ante la ley”. Esto, cabe decir, sentó jurisprudencia en la materia.

Posteriormente, como es habitual, Márquez rechazó lo planteado por Alarcos.

Después sólo restó que Martínez le otorgara la posibilidad de la “última palabra” a Machado, quien no tuvo nada para decir. Por último, tras un breve cuarto intermedio, el magistrado dictó la sentencia.

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