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Mañana entrará en vigencia la ordenanza de restitución de vehículos

La gestión será mediante un pago único. Una vez abonado el monto correspondiente, el Juzgado de Faltas libra el oficio para el retiro, con el que el titular debe dirigirse al depósito de Seguridad Ciudadana

Con la publicación en el Boletín Oficial, mañana entrará en vigencia la ordenanza que regula la restitución de vehículos retenidos a sus propietarios mediante un pago único y establecido. El secretario de Gobierno, Seguridad Ciudadana y Asuntos Legales, Eduardo Rodríguez, brindó detalles sobre el procedimiento que deberán seguir los titulares de rodados.

Así, señaló que el primer paso es dirigirse al Juzgado de Faltas, sito en Lisandro de la Torre 153, “con la documentación que acredita la titularidad del vehículo” al momento de efectivizarse la retención: título de propiedad o boleto de compraventa y tarjeta verde.

En esta repartición se solicita iniciar el trámite para la restitución bajo la modalidad establecida por la ordenanza, que otorga un plazo de 90 días para el recupero de rodados con un pago único, que incluye tanto la estadía como la sanción que pudiera corresponder. Ese pago único está establecido en 4.000 pesos para motocicletas, 7.500 para cuatriciclos y 10.000 para automotores.

Tal como explicó Rodríguez, una vez abonado el monto correspondiente, el Juzgado de Faltas libra el oficio para el retiro, con el que el titular debe dirigirse al depósito de Seguridad Ciudadana, ubicado en Maciel y Jujuy, para que sea entregado el rodado.

Es importante resaltar que la iniciativa, que fue elevada desde el Ejecutivo al Concejo Deliberante, tiene por finalidad favorecer la restitución de vehículos que actualmente colman la capacidad de los depósitos que el municipio tiene a tal fin. De esta manera, se busca que el monto a pagar sea accesible para los titulares.

En este sentido, Rodríguez recordó que el criterio jurídico que sustenta el proyecto es el de pena natural, que hace alusión al perjuicio que sufre el infractor por el hecho de cometer tal infracción. En este caso, el perjuicio es la retención del rodado, de cuyo uso se privó a la persona. Entonces, el bajo precio de la sanción se complementa con esa privación que perjudicó a quien cometió la falta.