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Lo condenaron a 3 años de prisión por robar una moto

El hecho por el que llegó al banquillo de los acusados ocurrió en abril de este año. El imputado, al momento de declarar, confesó su participación en el episodio.

En la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, durante la mañana de ayer se realizó una audiencia en la que un hombre fue condenado. En este sentido, Cristian Jesús Castellanos (26) recibió una pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia (debido a sus antecedentes, que son por episodios similares) por ser hallado culpable del delito de robo calificado. Con respecto al hecho que lo llevó al banquillo de los acusados hay que mencionar que se registró en Villa María, en abril de este año. En esas circunstancias, según los datos recolectados por este matutino, el joven sustrajo una motocicleta de la vía pública. Sin embargo, funcionarios policiales lograron atraparlo en flagrancia, dato que está probado en el expediente.

Otras precisiones

Una vez que se finalizó con la lectura de la pieza acusatoria, la jueza Edith Lezama de Pereyra procedió a tomarle los datos personales. En esa instancia, entre otras cosas, se conoció que el joven es adicto a los estupefacientes. Por otra parte, al momento de declarar, Castellanos confesó los hechos. De esta manera, el juicio se desarrolló bajo la modalidad denominada abreviada, que consiste en un pacto de condena entre la defensa y el Ministerio Público Fiscal. En esta dirección, el artículo 415 del Código de Procedimiento Penal de Córdoba establece: “Si antes de iniciado el debate el imputado reconociere circunstanciada y llanamente su participación y culpabilidad en el hecho por el que se lo acusa, el fiscal y el imputado con su defensor podrán solicitar al Tribunal omitir la recepción de la prueba tendiente a acreditarla”. Y se añade: “El Tribunal, previo a resolver, deberá asegurarse de que el imputado presta su conformidad en forma libre y voluntaria, que conoce los términos del acuerdo, sus consecuencias y su derecho a exigir un juicio oral. En la misma audiencia el Tribunal dictará sentencia”. De este modo, la jueza no puede imponer una pena mayor a la acordada, luego de que el imputado se haga cargo de la acusación en su contra.

Por otra parte, cabe hacer referencia las partes que intervinieron en la audiencia de debate. Además de la magistrada, el fiscal fue Francisco Márquez. En tanto el abogado defensor fue Eduardo Rigalt. Y el secretario Walter Daniel Rodríguez.

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