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Casación anuló la prisión preventiva de Cristina en la causa “cuadernos”

El máximo tribunal penal consideró que no hay riesgos procesales, como peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación
 
La Cámara Federal de Casación Penal anuló ayer el pedido de prisión preventiva de la vicepresidenta Cristina Kirchner, en el marco de la causa de los “cuadernos” por supuestas irregularidades en la obra pública durante su gestión.

La decisión de la Sala I del máximo tribunal penal del país dejó sin efecto el pedido de detención que había hecho en esa causa el fallecido magistrado Claudio Bonadio, por considerar a la presidenta del Senado como jefa de una asociación ilícita.

Con la caída de esta orden, que estaba sujeta al desafuero de la entonces senadora Fernández de Kirchner, ya no pesan pedidos de detención sobre la vicepresidenta, que por estas horas se encuentra de viaje en Cuba.

Los camaristas Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron que no existen riesgos procesales que justifiquen una medida de esas características contra la expresidenta, como peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación.

En el fallo de Casación al que tuvo acceso Télam, Barroetaveña remarcó que “los riesgos procesales que dieron sustento a la medida cautelar (prisión preventiva) cuestionada no tienen un correlato a la luz de lo acontecido con posterioridad a su dictado”, en un voto al que luego se remitió su colega Petrone.

Para la jueza, “fue inconstitucional”

En tanto, la jueza Figueroa –presidenta de la sala- aseguró que “la prisión preventiva dictada contra la exmandataria fue inconstitucional porque el juez Bonadio la decretó antes de ordenar su desafuero”.

“La prisión preventiva contra Cristina Fernández de Kirchner en esta causa Nº CFP 9608/2018, ha sido dictada de manera arbitraria y en flagrante violación de la manda constitucional, por lo que se impone dictar su nulidad”, sostuvo Figueroa tras reseñar que el procesamiento con prisión preventiva contra la vicepresidenta fue confirmado en septiembre de 2018 y el pedido de desafuero ingresó al Senado un año después.

La magistrada remarcó que el desafuero de la expresidenta “no fue solicitado jurisdiccionalmente ni resuelto mediante el trámite parlamentario constitucionalmente previsto a tal fin, con anterioridad a la decisión que ordenó su procesamiento con prisión preventiva en estas actuaciones”.

En el mismo fallo, los jueces de Casación declararon que quedaron abstractos los planteos contra la prisión preventiva formulados por las defensas del exministro de Planificación Federal Julio De Vido, el exsecretario de Estado Roberto Baratta, y elex titular del ente binacional Yacyretá Oscar Thomas, porque fueron temas resueltos por el Tribunal Oral Federal 7.

Antes de la causa “cuadernos” habían caído las órdenes de detención en su contra, que también había dictado Bonadio en la investigación por la firma del Memorándum de entendimiento con Irán y la cartelización de la obra pública, y en otras dos causas vinculadas a cuadernos que tras su revisión en la Cámara Federal porteña habían quedado atadas a la suerte del caso basado en las anotaciones del chofer Oscar Centeno.

Bonadio había procesado con prisión preventiva a Cristina Kirchner en setiembre de 2018 -un mes después de que el caso saliera a la luz a partir de los cuadernos que escribió el remisero Oscar Centeno- y esa decisión había sido ratificada por la Cámara Federal en diciembre pasado.

El fallo que se conoció ayer de Casación Penal respondió a un pedido del abogado defensor de la    exmandataria, Carlos Beraldi, que había argumentado que no existía ningún riesgo para la investigación.

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