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Condenan a un ministro puntano a cinco años de prisión y 10 de inhabilitación para ocupar cargos

Se trata del titular de Campo y Medio Ambiente, Sergio Freixes, acusado de obligar a jueces a presentar sus renuncias en blanco

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis condenó en un fallo dividido al actual ministro del Campo y Medio Ambiente de la provincia, Sergio Freixes, y a un exfuncionario, Mario Zabala, a cinco años de prisión y 10 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos, por obligar a jueces a presentar sus renuncias en blanco como requisito para ocupar cargos en la estructura del Poder Judicial puntano.

La condena por mayoría fue dictada poco antes de las primeras horas de ayer por los hechos que fueron calificados como "coacción agravada" y sucedieron en 2005, durante la primera gobernación de Alberto Rodríguez Saá.

En la sentencia dictada por los camaristas Alejandro Waldo Piña, María Paula Marisi y Roberto Julio Naciff, los condenados también fueron encontrados culpables de los cargos de "amenazas para alarmar y amedrentar a una o más personas".

En ese año Freixes era ministro de la Legalidad y Zabala su segundo en esa área y, según las fuentes, no irán a prisión hasta que la sentencia quede firme y se resuelvan las apelaciones que presentarán los abogados defensores.

La causa se inició por una denuncia de la entonces camarista Marina Ziliotto, quien acusó a los ahora condenados de presionarla para que iniciara una campaña de desprestigio contra varios de sus colegas del Poder Judicial que eran críticos del poder político de turno.

Como Ziliotto se negó a cumplir esas órdenes, estos funcionarios de Alberto Rodríguez Saá le ejecutaron la renuncia que le habían hecho firmar en blanco antes de asumir el cargo.

Freixes y Zabala habían ejecutado el procedimiento de pedir la renuncia anticipada firmada en blanco a varios jueces de San Luis.

En sus alegatos, los fiscales María André y Cristian Rachid habían solicitado 7 años de prisión y 10 de inhabilitación, y realizaron una minuciosa reconstrucción de los hechos, sosteniendo que "la libertad psíquica de las personas a quienes se les pedía que firmaran las renuncias en blanco estuvo coartada".

“En las coacciones, la prevalencia ilegítima de la voluntad ajena sobre la propia es suficiente para que la amenaza coarte la libertad de decisión”, definieron.

Para remarcar la contundencia del delito, detallaron que se puede exigir incluso algo correcto y totalmente legal, pero si el pedido se formula de manera indebida se trata de una coacción dado que, señalaron, “la ilicitud está en la exigencia”. 

También resaltaron el “daño ilegítimo” que se desprendió de las amenazas que directa o indirectamente recibían quienes eran intimados a firmar en blanco sus renuncias.

Los abogados defensores de Zabala, Sebastián Crespo y Claudia Ibáñez, sostuvieron que no había pruebas directas y valederas de lo denunciado y cuestionaron todos los testimonios contra su defendido.

Similar estrategia utilizó el abogado Hugo Scarzo, defensor de Freixes, enfatizando que se trata de un "hecho político" el enjuiciamiento de su defendido, motivado principalmente por la camarista federal Gretel Diamante, y su pareja, el intendente de San Luis, Enrique Ponce.

También los abogados defensores de los condenados rechazaron las grabaciones y filmaciones ocultas que se mostraron en el juicio y que fueron emitidas oportunamente por innumerable cantidad de medios de comunicación, "porque lo que estaban haciendo era una caza de brujas".

En la lectura del veredicto estaba presente el exdirector de la Auditoría General de la Nación (AGN), el jurista puntano Leandro Despouy, quien dijo que "la resolución del tribunal debe marcar un antes y un después en la Justicia y deja registrado un importante antecedente de jurisprudencia".

Despouy añadió que "el fallo tuvo ya notable repercusión a nivel nacional e internacional”. 

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