Condenaron a dos jóvenes por robar un quiosco a mano armada
Se trata de Federico Ezequiel Viera (24) y Benjamín Alberto Grosso (34), quienes recibieron las penas de 6 años y 8 meses, y 7 años respectivamente. El primero de ellos también fue sentenciado por otros ilícitos
En la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, Federico Ezequiel Viera de 24 años y Benjamín Alberto Grosso de 34 —ambos oriundos de Villa Nueva—, fueron condenados por diferentes delitos y recibieron penas similares.
El primero de ellos fue condenado a 6 años y 8 meses por ser el autor responsable de los delitos de encubrimiento, desobediencia a la autoridad, lesiones leves y amenazas, y coautor de robo calificado por la utilización de arma de fuego operativa.
En tanto, Alberto Grosso fue sentenciado a 7 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser también coautor de robo calificado por uso de arma de fuego cuya operatividad fue acreditada.
Los hechos
Una vez que comenzó el debate, Patricia González, la actuaria, leyó la pieza acusatoria. Así se conoció que en marzo del 2012, cuando Viera se encontraba junto a la expareja en su domicilio, ubicado en Chacabuco al 1000, en Villa Nueva, tras una discusión del momento, la amenazó infundiéndole temor y le pegó en la cabeza. Esto generó que la damnificada requiera siete días de curación.
Seguidamente, en julio del mismo año, también en Villa Nueva, Viera fue detenido luego de un allanamiento porque le encontraron en su vivienda una notebook que le había robado a un hombre el mes anterior.
Otro de los acontecimientos tuvo lugar más adelante cuando el mismo acusado fue a la casa de la expareja, retiró a la hija la llevó a la Plaza Capitán de Los Andes de la vecina ciudad. Esto significó otro delito porque infringió una orden de restricción que se le había impuesto.
Finalmente, el último y más importante de los sucesos se produjo en 2016, en un quiosco ubicado en la intersección de las calles Arturo M. Bas y Puerto Rico, en el barrio Las Playas de Villa Nueva.
Allí, Viera y Grosso ingresaron cuando eran aproximadamente las 20.30 con la finalidad de robar. Una vez en el interior amenazaron de muerte a los propietarios, quienes también estaban junto a algunos menores que, según se conoció, eran los hijos.
En relación al episodio, de acuerdo a lo que pudo escuchar durante la audiencia, Grosso se dirigió a la caja registradora y sustrajo 10 mil pesos en efectivo. Mientras, Viera fue a otro sector del lugar, redujo a una empleada, la golpeó y quiso extraer más dinero de un sitio en el que no había nada. Fue entonces que regresó y que la víctima, a quien le apuntaban con un arma en la cabeza, le manifestó que estaba la policía afuera.
De esta manera, emprendieron la huida pero cada uno por su lado. Viera subió a su moto y se dio la fuga. Pero Grosso no tuvo otra opción más que correr. Y, tras escapar, se dañó una de sus piernas luego de saltar una tapia. Así, los efectivos pudieron aprehenderlo.
Este hecho, cabe decir, es por el que recibieron la acusación de robo calificado por el uso de arma de fuego operativa.
Por otro lado, cuando se les tomaron los datos personales, se supo que Grosso se desempeñaba como albañil, sufre convulsiones (está con tratamiento) y consumía marihuana. Además se conoció que posee antecedentes y que estuvo privado de su libertad por casi una década.
Respecto de Viera hay que decir que trabajaba como vendedor ambulante, fumaba marihuana y no tiene antecedentes.
Una vez que se finalizó con las preguntas, ambos confesaron los ilícitos de los que se los acusa.
Alegatos y sentencia
Con respecto a los alegatos, el fiscal Francisco Márquez hizo una breve alusión a los hechos ocurridos, sostuvo las acusaciones y solicitó las penas que, finalmente, fueron las dictadas por el juez René Gandarillas.
Silvina Muñoz, la asesora letrada de Grosso, le pidió al magistrado que contemple la posibilidad de aplicarle el mínimo de la pena (6 años y 8 meses) a su defendido porque es una “persona joven, confesó, se recuperaron los objetos sustraídos y es una persona que podrá reinsertarse favorablemente”. Además destacó que los objetos sustraídos fueron recuperados.
Por su lado, Antonio Alarcos, el abogado defensor de Viera, adhirió a lo planteado por el representante del Ministerio Público Fiscal.
De esta forma, tras un breve cuarto intermedio, se dictó la sentencia indicada al inicio.
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El primero de ellos fue condenado a 6 años y 8 meses por ser el autor responsable de los delitos de encubrimiento, desobediencia a la autoridad, lesiones leves y amenazas, y coautor de robo calificado por la utilización de arma de fuego operativa.
En tanto, Alberto Grosso fue sentenciado a 7 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser también coautor de robo calificado por uso de arma de fuego cuya operatividad fue acreditada.
Los hechos
Una vez que comenzó el debate, Patricia González, la actuaria, leyó la pieza acusatoria. Así se conoció que en marzo del 2012, cuando Viera se encontraba junto a la expareja en su domicilio, ubicado en Chacabuco al 1000, en Villa Nueva, tras una discusión del momento, la amenazó infundiéndole temor y le pegó en la cabeza. Esto generó que la damnificada requiera siete días de curación.
Seguidamente, en julio del mismo año, también en Villa Nueva, Viera fue detenido luego de un allanamiento porque le encontraron en su vivienda una notebook que le había robado a un hombre el mes anterior.
Otro de los acontecimientos tuvo lugar más adelante cuando el mismo acusado fue a la casa de la expareja, retiró a la hija la llevó a la Plaza Capitán de Los Andes de la vecina ciudad. Esto significó otro delito porque infringió una orden de restricción que se le había impuesto.
Finalmente, el último y más importante de los sucesos se produjo en 2016, en un quiosco ubicado en la intersección de las calles Arturo M. Bas y Puerto Rico, en el barrio Las Playas de Villa Nueva.
Allí, Viera y Grosso ingresaron cuando eran aproximadamente las 20.30 con la finalidad de robar. Una vez en el interior amenazaron de muerte a los propietarios, quienes también estaban junto a algunos menores que, según se conoció, eran los hijos.
En relación al episodio, de acuerdo a lo que pudo escuchar durante la audiencia, Grosso se dirigió a la caja registradora y sustrajo 10 mil pesos en efectivo. Mientras, Viera fue a otro sector del lugar, redujo a una empleada, la golpeó y quiso extraer más dinero de un sitio en el que no había nada. Fue entonces que regresó y que la víctima, a quien le apuntaban con un arma en la cabeza, le manifestó que estaba la policía afuera.
De esta manera, emprendieron la huida pero cada uno por su lado. Viera subió a su moto y se dio la fuga. Pero Grosso no tuvo otra opción más que correr. Y, tras escapar, se dañó una de sus piernas luego de saltar una tapia. Así, los efectivos pudieron aprehenderlo.
Este hecho, cabe decir, es por el que recibieron la acusación de robo calificado por el uso de arma de fuego operativa.
Por otro lado, cuando se les tomaron los datos personales, se supo que Grosso se desempeñaba como albañil, sufre convulsiones (está con tratamiento) y consumía marihuana. Además se conoció que posee antecedentes y que estuvo privado de su libertad por casi una década.
Respecto de Viera hay que decir que trabajaba como vendedor ambulante, fumaba marihuana y no tiene antecedentes.
Una vez que se finalizó con las preguntas, ambos confesaron los ilícitos de los que se los acusa.
Alegatos y sentencia
Con respecto a los alegatos, el fiscal Francisco Márquez hizo una breve alusión a los hechos ocurridos, sostuvo las acusaciones y solicitó las penas que, finalmente, fueron las dictadas por el juez René Gandarillas.
Silvina Muñoz, la asesora letrada de Grosso, le pidió al magistrado que contemple la posibilidad de aplicarle el mínimo de la pena (6 años y 8 meses) a su defendido porque es una “persona joven, confesó, se recuperaron los objetos sustraídos y es una persona que podrá reinsertarse favorablemente”. Además destacó que los objetos sustraídos fueron recuperados.
Por su lado, Antonio Alarcos, el abogado defensor de Viera, adhirió a lo planteado por el representante del Ministerio Público Fiscal.
De esta forma, tras un breve cuarto intermedio, se dictó la sentencia indicada al inicio.