Policiales | condena

Condenaron por evasión fiscal a un empresario de Noetinger

Omar Alberto Trento recibió la pena de 4 años de prisión. Se dispuso el decomiso de los bienes embargados
 
Omar Alberto Trento fue condenado por el Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba como autor penalmente responsable de evasión simple y recibió la pena de 4 años de prisión y el decomiso de los bienes embargados.

 La causa se inició a través de una denuncia formulada el 29 de Octubre de 2009 por la Dirección Regional Río Cuarto de la AFIP ante el Juzgado Federal de Bell Ville. La misma es en contra de los representantes de la firma Trento S.A., contribuyente dedicado a la "Fabricación de Partes, Piezas y Accesorios para Vehículos Automotores y sus Motores”, y  a la “Fabricación de Maquinaria Agropecuaria y Forestal, Excepto Tractores”, de la ciudad de Noetinger.

Posteriormente, el 8 de junio de 2011, fue presentada una ampliación de denuncia penal en relación con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondiente al período fiscal del año 2007 por un monto de $ 6.974.107 y en relación con el impuesto a las Ganancias, del mismo período con un perjuicio fiscal de $ 11.903.396,33.”

Inicialmente, la fiscalización realizada por la AFIP determinó la existencia de facturación “melliza” o “clonada” durante los períodos fiscales 2005 y 2006 del IVA y del Impuesto a las Ganancias. Por esta razón la auditoría fue ampliada para los períodos fiscales 2007.

Respecto del IVA —período fiscal 2007— cabe indicar que durante el curso de la fiscalización la firma no aportó los comprobantes respaldatorios de las compras y los gastos que dieran lugar al crédito fiscal computado en las declaraciones juradas. Es por ello que se procedió a impugnar en su totalidad el referido crédito fiscal resultando en definitiva, impuesto a ingresar a favor del fisco durante el ejercicio fiscal de ese año.

Por otra parte, en relación al impuesto a las ganancias y ante la falta de presentación de la declaración jurada, fueron calculados los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal 2007 en función de las declaraciones juradas del IVA presentadas por la denunciada. Ante tal circunstancia, el organismo fiscal arbitró las medidas necesarias para determinar los ingresos gravados con dicho impuesto.

Seguidamente, la administración proyectó las liquidaciones administrativas correspondientes a los impuestos y ejercicios fiscales denunciados: Impuesto a las Ganancias (2007) e IVA (01 a 12-2007), surgiendo montos a ingresar en los períodos citados. Al ser puestas a consideración de la contribuyente, no resultaron conformadas.

 Ante la falta de conformidad a los ajustes fiscales practicados por el organismo, se dio inicio al procedimiento de determinación de oficio y luego del raconto de los hechos acaecidos a lo largo del proceso. Así quedó acreditado que el representante de la firma denunciada desplegó en reiteradas oportunidades y en sucesivos períodos fiscales, conductas fraudulentas en perjuicio del Fisco Nacional evadiendo las sumas de $ 6.974.107 en concepto del IVA -período fiscal 2007- y $ 11.903.369 en concepto de Impuesto a las Ganancias -período fiscal 2007-, ascendiendo el total del perjuicio fiscal a la suma de $ 18.877.476. 

Durante las verificaciones y en el desarrollo de los subsiguientes procesos de determinación de oficio, se constató no sólo la presentación de las declaraciones juradas de IVA y Ganancias con datos falsos e inexactos, sino también la omisión de presentación de declaraciones juradas (Ganancias 2007).

Asimismo se detectó que las maniobras evasivas consistían en el cómputo de crédito fiscal en IVA y el cómputo de compras y gastos en el Impuesto a las Ganancias sin respaldo documental. Las maniobras detectadas consistieron en la presentación de declaraciones juradas engañosas y, por otra parte, en la omisión de la presentación de la declaración jurada al efecto de evadir el pago del tributo.

De esta forma, el Tribunal Oral Federal N° 2 de la capital cordobesa citó a Audiencia Oral de debate para el 28 del corriente mes. La misma estuvo integrada por el juez Carlos Julio Lascano, quien el 3 de septiembre dictó sentencia y resolvió condenar a Trento como autor penalmente responsable del delito de evasión simple y le impuso la pena de 4 años de prisión. Además dispuso proceder al decomiso de los bienes cuyo embargo y secuestro fueron oportunamente dispuestos por el Tribunal.

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