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La Corte reactivó una demanda civil por los perjuicios del caso Vialidad

Tras la condena a 6 años de prisión contra Cristina Kirchner por fraude al Estado, ahora debería pagar 22.300 millones de pesos de su propio patrimonio por los daños de la corrupción ocasionados al Estado nacional

La Corte Suprema decidió el mismo día de la condena contra la vicepresidenta Cristina Kirchner que un juez en lo Civil y Comercial Federal determine si ella y los demás funcionarios imputados en la Causa Vialidad produjeron "daños y perjuicios al Estado Nacional con su actuación contraria a las leyes en la adjudicación y ejecución de obras públicas en la provincia de Santa Cruz" y devuelvan de su propio patrimonio lo malversado, en el caso de la vicepresidenta Cristina Fernández de kirchner serían 22.300 millones de pesos.

El máximo tribunal resolvió así una cuestión de competencia suscitada entre el Tribunal Oral Federal número dos, que el martes dictó veredicto en la Causa Vialidad, y el fuero en lo Civil y Comercial Federal.

Se trata del reclamo civil que la Dirección de Vialidad postuló como consecuencia de los delitos que le atribuyó en su denuncia de 2016 a los funcionarios del Gobierno kirchnerista que ayer resultaron condenados en primera instancia.

La demanda civil había sido presentada en 2018 por Javier Iguacel cuando era administrador de Vialidad Nacional durante el gobierno de Cambiemos.

El procurador general interino Eduardo Casal, en un dictamen requerido por la Corte, consideró "razonable y verosímil la conclusión de que el desarrollo del presente litigio civil en el proceso penal es capaz de entorpecer el curso de este último en un grado que comprometería la exigencia de juzgar a los imputados en el plazo más breve posible y sin dilaciones indebidas".

El tribunal oral que dictó las condenas por "administración fraudulenta" declinó –en cambio- su competencia para intervenir en la acción civil, que persigue una condena también por "daños punitivos".

El jefe de los fiscales resaltó que "la demanda contra el contratista Lázaro Báez se funda en el régimen de la responsabilidad contractual, dado que el daño emana del incumplimiento de las relaciones convencionales que lo ligaban con el Estado, mientras que el reclamo civil en el proceso penal sólo puede basarse en la responsabilidad extracontractual que surge de la comisión de un delito".

Vialidad reclama también la compensación económica por los perjuicios supuestamente ocasionados por los imputados al Estado Nacional "con su actuación contraria a las leyes en la adjudicación y ejecución de obras públicas en la provincia de Santa Cruz".

Ese reclamo quedó ahora en manos del juzgado en lo Civil y Comercial Federal número 11, a cargo del juez Alejandro Nóbili.