“La Justicia termina siendo discriminatoria con las mujeres”
La defensora pública ante la Justicia Federal local dio ejemplos que ratifican esa aseveración. También explicó qué significa incorporar la perspectiva de género en el trabajo judicial cotidiano
La abogada María Luz Felipe está al frente de la Defensoría Pública ante la Justicia Federal. Entre otras aristas, es reconocida por el trabajo que realiza para la incorporación de la perspectiva de género en la propia actividad judicial.
En diálogo con este diario destacó que “la Justicia termina siendo discriminatoria con las mujeres”, avanzó en ejemplos concretos y también se refirió a lo que pasa cuando las mujeres son víctimas y se termina poniendo innecesariamente la mirada sobre su historia de vida.
“Es incorporar o tratar de dar otra visión en el trabajo cotidiano, no solo en el trato diario de nuestros asistidos cuando llegan aquí, sino también en el caso cuando se judicializa. Que se incorpore la desventaja histórica que la mujer tiene en la sociedad, y que esa desventaja no es tomada en cuenta ni por la legislación ni por las prácticas judiciales”, puntualizó Felipe cuando se le consultó sobre qué significa dar a la actividad judicial una perspectiva de género en los casos que corresponde.
Y contó un ejemplo. “Nos tocó intervenir en una carta de ciudadanía de una ciudadana dominicana que está hace muchos años radicada en el país, que en 2012 inició su trámite en solitario porque para solicitar la carta de ciudadanía no hace falta tener patrocinio letrado. Es un caso que estuvo muy frenado por la misma burocracia, por la cantidad excesiva de documentación que se le pedía. La señora llegó a la Defensoría, se la acompañó en el proceso judicial y finalmente logró obtener su carta de ciudadanía”, relató.
Pero hubo una instancia anterior de rechazo que tuvieron que apelar. “En el contenido o tenor de la sentencia se evidenciaban argumentos que tenían que ver con la forma en la que esa mujer ejercía su maternidad, porque tenía sus hijos en República Dominicana. Se presentó una apelación y se incorporó la perspectiva de género y la maternidad como una acción privada que no tiene que ser tenida en cuenta, pero que habitualmente son argumentos que quedan, que subyacen en cualquier decisión judicial, entonces es visualizar esos argumentos que son discriminatorios, tratar de revertirlos y en este caso finalmente se logró”, puntualizó.
Destacó que “la Justicia termina siendo discriminatoria con las mujeres”, también en casos penales.
“La forma en que se ejerce la maternidad o el mismo hecho de la maternidad termina siendo un argumento que juega en contra, que normalmente es valorado por los jueces para imponer la prisión preventiva que se supone que es una medida excepcional, que es el último recurso que tiene la Justicia para garantizar que se averigüe la verdad”, señaló Felipe.
Indicó que, por el contrario, “en el caso de las mujeres, el tener hijos termina siendo un elemento más que los jueces analizan en contra de la mujer para aplicar la prisión preventiva o para rechazar alguna medida alternativa como una prisión domiciliaria”. Esto para evitar lo que entienden como riesgos morales para la crianza de los chicos, y le reprochan que no lo tuvieron en cuenta.
“Entonces se tiene muy en cuenta siempre en contra de la mujer, eso en el caso de las mujeres acusadas, y cuando las mujeres son víctimas, tal como pasó con el caso de Lucía Pérez, siempre la sentencia terminando argumentando en los casos de violencia sexual o de género, o de femicidio, poniendo en tela de juicio su historia sexual, su historia de vida, elementos que no tienen que ver en sí con el análisis de la prueba”, puntualizó.
La Defensoría Pública
La Defensoría Pública ante la Justicia Federal es, según describió su propia titular, la abogada María Luz Felipe, “una oficina de asistencia pública gratuita que asiste en causas federales, en conflictos humanos que se traducen en procesos judiciales ante el juez federal de la ciudad, que tiene competencia múltiple porque se interviene en casos penales, asistencia a personas que están acusadas de delitos federales y en algún otro conflicto que sea derivado del derecho a la salud, a la seguridad social”. También intervienen “en lo que es no penal, en toda la gestión del caso previa al juicio o que se esté tratando de evitar la judicialización del conflicto con distintas medidas conciliatorias o incluso ante la amenaza de juicio, con la negociación con auditores de las obras sociales o la ANSES, y asistiendo a personas que están en una situación económica determinada que les impide acceder a los servicios de un abogado privado”.
Mariana Corradini. Redacción Puntal Villa María
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En diálogo con este diario destacó que “la Justicia termina siendo discriminatoria con las mujeres”, avanzó en ejemplos concretos y también se refirió a lo que pasa cuando las mujeres son víctimas y se termina poniendo innecesariamente la mirada sobre su historia de vida.
“Es incorporar o tratar de dar otra visión en el trabajo cotidiano, no solo en el trato diario de nuestros asistidos cuando llegan aquí, sino también en el caso cuando se judicializa. Que se incorpore la desventaja histórica que la mujer tiene en la sociedad, y que esa desventaja no es tomada en cuenta ni por la legislación ni por las prácticas judiciales”, puntualizó Felipe cuando se le consultó sobre qué significa dar a la actividad judicial una perspectiva de género en los casos que corresponde.
Y contó un ejemplo. “Nos tocó intervenir en una carta de ciudadanía de una ciudadana dominicana que está hace muchos años radicada en el país, que en 2012 inició su trámite en solitario porque para solicitar la carta de ciudadanía no hace falta tener patrocinio letrado. Es un caso que estuvo muy frenado por la misma burocracia, por la cantidad excesiva de documentación que se le pedía. La señora llegó a la Defensoría, se la acompañó en el proceso judicial y finalmente logró obtener su carta de ciudadanía”, relató.
Pero hubo una instancia anterior de rechazo que tuvieron que apelar. “En el contenido o tenor de la sentencia se evidenciaban argumentos que tenían que ver con la forma en la que esa mujer ejercía su maternidad, porque tenía sus hijos en República Dominicana. Se presentó una apelación y se incorporó la perspectiva de género y la maternidad como una acción privada que no tiene que ser tenida en cuenta, pero que habitualmente son argumentos que quedan, que subyacen en cualquier decisión judicial, entonces es visualizar esos argumentos que son discriminatorios, tratar de revertirlos y en este caso finalmente se logró”, puntualizó.
Destacó que “la Justicia termina siendo discriminatoria con las mujeres”, también en casos penales.
“La forma en que se ejerce la maternidad o el mismo hecho de la maternidad termina siendo un argumento que juega en contra, que normalmente es valorado por los jueces para imponer la prisión preventiva que se supone que es una medida excepcional, que es el último recurso que tiene la Justicia para garantizar que se averigüe la verdad”, señaló Felipe.
Indicó que, por el contrario, “en el caso de las mujeres, el tener hijos termina siendo un elemento más que los jueces analizan en contra de la mujer para aplicar la prisión preventiva o para rechazar alguna medida alternativa como una prisión domiciliaria”. Esto para evitar lo que entienden como riesgos morales para la crianza de los chicos, y le reprochan que no lo tuvieron en cuenta.
“Entonces se tiene muy en cuenta siempre en contra de la mujer, eso en el caso de las mujeres acusadas, y cuando las mujeres son víctimas, tal como pasó con el caso de Lucía Pérez, siempre la sentencia terminando argumentando en los casos de violencia sexual o de género, o de femicidio, poniendo en tela de juicio su historia sexual, su historia de vida, elementos que no tienen que ver en sí con el análisis de la prueba”, puntualizó.
La Defensoría Pública
La Defensoría Pública ante la Justicia Federal es, según describió su propia titular, la abogada María Luz Felipe, “una oficina de asistencia pública gratuita que asiste en causas federales, en conflictos humanos que se traducen en procesos judiciales ante el juez federal de la ciudad, que tiene competencia múltiple porque se interviene en casos penales, asistencia a personas que están acusadas de delitos federales y en algún otro conflicto que sea derivado del derecho a la salud, a la seguridad social”. También intervienen “en lo que es no penal, en toda la gestión del caso previa al juicio o que se esté tratando de evitar la judicialización del conflicto con distintas medidas conciliatorias o incluso ante la amenaza de juicio, con la negociación con auditores de las obras sociales o la ANSES, y asistiendo a personas que están en una situación económica determinada que les impide acceder a los servicios de un abogado privado”.
Mariana Corradini. Redacción Puntal Villa María