Los vecinos podrán adherir hasta el 15 de noviembre al régimen de pagos
Se trata del plan de flexibilización que el Municipio propone a los contribuyentes que quieran acogerse en pos de regularizar la deuda en materia de impuestos. Hay facilidades, con descuentos y cuotas
Debido a la importante afluencia de público registrada en los últimos días en las oficinas de Ingresos Públicos del municipio, la Secretaría de Economía y Finanzas anunció la prórroga del plan de flexibilización de pagos adeudados hasta el próximo 15 de noviembre. Con la extensión del plazo, se mantienen también los beneficios previstos inicialmente hasta el 15 de octubre, como la quita total de intereses para quienes abonen en un pago.
El plan de flexibilización de pagos adeudados es una de las medidas anunciadas por el intendente Martín Gill a comienzos de septiembre para poder hacer frente a la situación de crisis que atraviesa el país, junto a la ampliación de la tarifa social, la disminución del gasto y la concreción de ferias francas, entre otras.
De esta manera, los contribuyentes que opten por regularizar sus pagos hasta el 15 de noviembre, accederán a las mejores condiciones en plazos y quita de intereses. Además de la eliminación total de los intereses generados para quienes abonen al contado, habrá quitas significativas para el pago en cuotas. Así, quienes lo hagan hasta en 3 cuotas, se beneficiarán con una reducción del 95%; hasta en 6, 85%; a partir de 12 cuotas, 60%; a partir de 18 cuotas, 40%, a partir de 24 cuotas, el 20% o en 36 cuotas sin descuento de intereses. Por otra parte, quienes decidan cancelar la deuda hasta en 6 cuotas, no tendrán interés de financiación anual, y hasta en 36 cuotas, será entre 12% y 18%.
Cabe señalar que, una vez superado el vencimiento de noviembre, los vecinos podrán acceder a la regularización, pero con menores quitas. El plan prevé la cancelación de deudas generadas en diferentes ítems: servicios a la propiedad, automotores, comercio e industria, contribución por mejoras. También podrán regularizarse cuotas de planes de vivienda, multas, derechos de construcción, sanciones tributarias y no tributarias, e incluso planes de pago anteriores, estén o no en vigencia.
Por otra parte, es importante consignar que no se exige la regularización de la totalidad de la deuda, sino que el contribuyente puede optar por incluir una parte, con la única condición de que no sea menor al 50 por ciento del total adeudado, comenzando por la porción más antigua.
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El plan de flexibilización de pagos adeudados es una de las medidas anunciadas por el intendente Martín Gill a comienzos de septiembre para poder hacer frente a la situación de crisis que atraviesa el país, junto a la ampliación de la tarifa social, la disminución del gasto y la concreción de ferias francas, entre otras.
De esta manera, los contribuyentes que opten por regularizar sus pagos hasta el 15 de noviembre, accederán a las mejores condiciones en plazos y quita de intereses. Además de la eliminación total de los intereses generados para quienes abonen al contado, habrá quitas significativas para el pago en cuotas. Así, quienes lo hagan hasta en 3 cuotas, se beneficiarán con una reducción del 95%; hasta en 6, 85%; a partir de 12 cuotas, 60%; a partir de 18 cuotas, 40%, a partir de 24 cuotas, el 20% o en 36 cuotas sin descuento de intereses. Por otra parte, quienes decidan cancelar la deuda hasta en 6 cuotas, no tendrán interés de financiación anual, y hasta en 36 cuotas, será entre 12% y 18%.
Cabe señalar que, una vez superado el vencimiento de noviembre, los vecinos podrán acceder a la regularización, pero con menores quitas. El plan prevé la cancelación de deudas generadas en diferentes ítems: servicios a la propiedad, automotores, comercio e industria, contribución por mejoras. También podrán regularizarse cuotas de planes de vivienda, multas, derechos de construcción, sanciones tributarias y no tributarias, e incluso planes de pago anteriores, estén o no en vigencia.
Por otra parte, es importante consignar que no se exige la regularización de la totalidad de la deuda, sino que el contribuyente puede optar por incluir una parte, con la única condición de que no sea menor al 50 por ciento del total adeudado, comenzando por la porción más antigua.