Declaran la nulidad de una resolución presentada por el juez federal Rebak
En las últimas horas, los jueces Abel Sánchez Torres, Liliana Navarro y Eduardo Avalos, integrantes de la Sala B de la Cámara Federal de Córdoba, resolvieron por unanimidad declarar la nulidad de la resolución dictada por el juez federal de Villa María, Roque Rebak, con fecha 22 de abril de 2019, con el argumento de no cumplir “con el requisito de debida motivación”.
El fallo del tribunal recomienda además que el juez que instruyó la causa emita “un pronunciamiento válido a la mayor brevedad posible”, con el objetivo de hacer avanzar la causa hacia su resolución.
Cabe señalar que 8 años (en 2012), la Cámara Federal de la provincia había optado por la misma resolución ya que la fundamentación presentada en ese momento era “deficiente” en cuanto a los procesamientos dictados.
Causa por asociación ilícita
Respecto de la causa (denominada “Soliz Gareca Richard Fernando y otros s/asociación ilícita fiscal), el medio provincial Agrovoz señala que “se investiga la actividad económica de la organización que funcionaba bajo el nombre genérico de ‘Grupo Comex Argentina’, dedicado a la compra de cereales para su procesamiento, distribución y venta, operando con Chile como destino principal”.
Durante estos años, el Juzgado Federal de Villa María investigó la compra y producción de cereal en negro, la utilización de productores fantasmas (llamados “carpetas”), pagos y acreditaciones relativas al circuito de compras en negro, reintegros fiscales obtenidos fraudulentamente, doble contabilidad, sellos y falsificación de documentación de organismos oficiales, operaciones financieras no declaradas y giros de fondos no declarados desde y hacia el exterior.
La primera declaración de nulidad
El entonces juez federal local dispuso en 2011 el procesamiento de los imputados, resolución que fue apelada ante la sala B de la Cámara Federal, integrada en ese momento por José María Pérez Villalobo, Carlos Lascano y Abel Sánchez Torres.
Dicho tribunal resolvió el 13 de noviembre de 2012 -por unanimidad- declarar la nulidad de la resolución dictada en 2011 que establecía el procesamiento de los imputados, ordenándole al juez instructor que se pronunciase acerca de la excepción instada y luego efectuara, en su caso, el correspondiente auto de mérito.
El trámite de la causa ante el juzgado de Villa María siguió su rumbo con la incorporación de más pruebas. En abril del año pasado, el juez Rebak, ordenó el procesamiento de Richard Fernando Soliz Gareca, Walter Eduardo Solis y Cristina Kosciuk, en calidad de supuestos autores materiales, responsables del delito calificado como jefe u organizador de asociación ilícita fiscal en calidad de coautores, y el de otras 19 personas, en calidad de supuestos coautores materiales, responsables del delito calificado como integrante de asociación ilícita fiscal en calidad de coautores.
Según Agrovoz, un recurso de apelación presentado por abogados de un grupo de imputados derivó en el pronunciamiento del tribunal.