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El Gobierno definió tres días no laborables para fomentar el turismo

Las fechas fueron publicadas en el Boletín Oficial y permitirán fines de semana extralargos a lo largo del próximo año

El Gobierno nacional oficializó los días no laborables con fines turísticos correspondientes a 2026, una medida que busca impulsar la actividad económica vinculada al turismo interno. La disposición fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, mediante la Resolución 164/2025.

Según el texto firmado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, se establecieron como jornadas no laborables el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre. Estas fechas se suman al calendario de feriados nacionales previsto en la Ley 27.399, que regula los días festivos en todo el país.

La selección de estos días responde a una estrategia que apunta a generar fines de semana extralargos, de cuatro jornadas consecutivas de descanso, con el objetivo de dinamizar sectores clave como la hotelería, la gastronomía y el transporte.

En detalle, el 23 de marzo permitirá extender el descanso previo al 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. En tanto, el 10 de julio se suma al feriado del 9 de julio, Día de la Independencia, mientras que el 7 de diciembre antecede al 8 de diciembre, jornada en la que se conmemora la Inmaculada Concepción de María.

Calendario de feriados y días no laborables 2026

Enero

  • Jueves 1: Año Nuevo (feriado inamovible)

Febrero

  • Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles)

Marzo

  • Lunes 23: Día no laborable con fines turísticos

  • Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (inamovible)

Abril

  • Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (inamovible)

  • Viernes 3: Viernes Santo (inamovible)

Mayo

  • Viernes 1: Día del Trabajador (inamovible)

  • Lunes 25: Revolución de Mayo (inamovible)

Junio

  • Lunes 15: Paso a la Inmortalidad de Martín Miguel de Güemes (trasladable)

  • Sábado 20: Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano (inamovible)

Julio

  • Jueves 9: Día de la Independencia (inamovible)

  • Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos

Agosto

  • Lunes 17: Paso a la Inmortalidad de José de San Martín (trasladable)

Octubre

  • Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable)

Noviembre

  • Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20)

Diciembre

  • Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos

  • Martes 8: Inmaculada Concepción de María (inamovible)

  • Viernes 25: Navidad (inamovible)

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/336753/20251226