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El Gobierno quedó obligado a cumplir la Ley de Financiamiento Universitario en cinco días

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 ordenó aplicar la normativa y advirtió que habrá multas diarias si el Ejecutivo demora su cumplimiento

 

El Gobierno nacional quedó obligado a cumplir en un plazo de cinco días con la Ley de Financiamiento Universitario, luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 hiciera lugar a la medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). La resolución ordena avanzar con la actualización de salarios, becas y partidas contempladas en la normativa.

La decisión fue firmada por el juez Martín Cormick, quien estableció el plazo “bajo expreso apercibimiento de aplicar astreintes por cada día de demora”. Las multas recaerían sobre los funcionarios intimados y tendrían como límite el 25% de sus salarios.

La resolución alcanza a Sandra Pettovello, Carlos Torrendell, Adrián Raiver y Alejandro Álvarez, según el material judicial citado en el planteo. El incumplimiento también podría derivar en denuncias por delitos vinculados con la administración pública, entre ellos el previsto en el artículo 239 del Código Penal.

Qué establece la medida cautelar

Los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, cuya aplicación fue ordenada por el juzgado, contemplan la actualización de los salarios del personal docente y no docente desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además de la recomposición de distintos programas destinados a estudiantes.

El reclamo universitario incluye una recomposición salarial del 32,5%, correspondiente, según el planteo citado, a la pérdida acumulada durante los primeros años de la actual administración, y una actualización de las partidas destinadas a becas.

La disputa judicial comenzó en 2025, cuando Cormick dictó una primera medida cautelar a partir de un amparo colectivo impulsado por representantes del CIN y universidades nacionales.

El antecedente del decreto 759/2025

El expediente también cuestiona la constitucionalidad del decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había condicionado la aplicación de la ley a la determinación de fuentes específicas de financiamiento.

Según el material aportado, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar al considerar que el Estado no había logrado desvirtuar la verosimilitud del derecho planteado por los representantes universitarios.

La Cámara también señaló que el incumplimiento podía generar perjuicios y un deterioro salarial con impacto sobre el derecho de enseñar y aprender.

El acuerdo entre el Gobierno y las universidades

En junio se había firmado un acuerdo entre la Subsecretaría de Políticas Universitarias, el CIN y organizaciones gremiales docentes y no docentes. El acta contempló fondos para incrementar la masa salarial en un 24,33%, una suba del 20% en los gastos de funcionamiento y una ampliación de $50.000 millones para hospitales universitarios.

También estableció una actualización del 50% de las Becas Manuel Belgrano desde junio y un cuarto intermedio hasta el 15 de septiembre para continuar las negociaciones paritarias.

El Ejecutivo sostuvo que ese convenio cumplía “en lo sustancial” con los artículos 5 y 6 de la ley. Sin embargo, desde el CIN plantearon que el acuerdo no alcanzaba a cubrir todos los aspectos establecidos por la normativa.

Cormick rechazó levantar la cautelar

El Gobierno había solicitado el levantamiento de la medida cautelar, pero el 1 de septiembre Cormick rechazó ese pedido.

En aquella resolución, el magistrado sostuvo que “el Estado Nacional no ha logrado demostrar el impacto positivo sobreviniente” de los acuerdos frente a los perjuicios planteados por las universidades. También consideró que no existía “una definición efectiva y final” respecto del deterioro de los ingresos y la pérdida salarial del sector.

El juez concluyó que, ante esa situación, “mal puede considerarse superado el peligro en la demora” y aclaró que el rechazo del pedido no implicaba anticipar una decisión sobre el fondo de la causa.

Con la nueva resolución, el Poder Ejecutivo dispone de cinco días para avanzar con el cumplimiento de la normativa, mientras que la Justicia dejó expresamente planteada la posibilidad de aplicar sanciones económicas por cada jornada de incumplimiento.