Inédito: tiene 13 años de edad y pidió ser asistido por un abogado del niño
Esta figura legal fue creada por ley provincial, pero aún no está reglamentada. El menor que realizó la solicitud está con una familia de acogida y espera se resuelva sobre su guarda. También pide se respeten otros derechos
Un niño de 13 años recurrió a la Justicia de Huinca Renancó para pedir la asesoría del “abogado del niño”, figura legal creada por ley provincial, y que procura que los menores tengan la posibilidad de ser escuchados y sus derechos respetados.
Se trata del primer caso que se instruye en los tribunales huinquenses, y quien la solicitó es un chico de 13 años que apartado de su hogar, viven en una familia de acogida, mientras espera que se resuelva su guarda permanente.
El caso llega a la Justicia a través de una letrada local, especialista en la materia, y la familia que actualmente esta acogiendo al menor de 13 años que ya instruyó a la letrada sobre diferentes temas a tener en cuenta. Según pudo determinar este medio, quienes hoy contienen al chico estarían interesados es lograr su guarda.
El juez Claudio Mazuqui fue quien hizo lugar a la petición a esta normativa que aún no está reglamentada con lo cual se debió llevar a cabo un sorteo de la lista de letrados de Tribunales para asignar un profesional al niño que ya está siendo representado legalmente.
La doctora Ada Hernández especialista en Niñez y Familia fue quien asesoró a su colega designada para el caso, doctora Carla Blencio, para que represente al niño.
Por su parte el juez señaló con respecto a este caso: “El niño ha solicitado ciertas medidas y así tener una vida feliz; ha pedido ir al colegio, disfrutar de sus amigos. Hay muchas cosas que particularmente ha pedido él y por eso le hemos designado a la doctora Blencio como abogada del niño”, subrayó.
A los fines de resguardar datos personales del menor, es que el juez evitó dar detalles más precisos del caso.
Y agregó Mazuqui: “Lo que él solicita son ciertas cuestiones particulares para su vida y nosotros hemos entendido de que era necesario que tenga un abogado para que lo acompañe en todas estas decisiones que vaya tomar de ahora en adelante”.
La abogada especialista además trabaja en comisiones para la reglamentación de la normativa que fue aprobada recientemente en Córdoba y destaca la utilidad de la misma ,pero señala que desde el año 1989 hay legislaciones que prevén que el niño tenga este tipo de derechos.
"El artículo 12 de la Convención para los Derechos del Niño ya preveía en el año 1989 la figura del abogado del niño y Argentina ratificó esa convención por tanto para este país es Ley suprema. En 2004 salió la Ley 26061, en el artículo 27 dice que el niño tiene derecho a un abogado en todo proceso que lo involucre y después en 2015 sale el Código Civil. Este año sale en Córdoba la Ley 26964 que es como que crea, pero en realidad estaba creada, la trajo, la bajó a tierra”, precisó la letrada.
No obstante, la ley cordobesa todavía no ha sido reglamentada, y por ello la designación del abogado del niño tuvo que hacerla un juez. Caso contrario, existiría una lista de profesionales especializados en el tema. “Mazuqui lo hace con muy buen criterio y armoniza las normas de derecho interno. Lo importante es que resolvió y lo hizo", sostuvo Hernández.
Así tras, oficiar al colegio de abogados, se hizo el sorteo, y ahora el menor es representado por la doctora Blencio.
El rol del profesional
La letrada en diálogo con Puntal manifestó que la ley que contempla la figura del abogado del niño debería tener mayor difusión en escuelas y clubes donde los menores puedan conocer de qué se trata, y saber cuándo acudir.
“Existe un derecho donde el niño que esté en un proceso que lo involucre, puede solicitar un abogado. Lo interesante es que primero se sepa que tienen el derecho y la posibilidad de poner un abogado.”.
A modo de ejemplo, la doctora Hernández explicó: “Puede ser en un debate de régimen de visitas y pueda ser que el niño no coincida, porque a lo mejor el padre quiere que este con él y el niño quiere estar en la casa de la madre porque se junta con los amigos los sábados, o ese día no quiere y quiere otro día, Generalmente los adultos hemos acomodado nuestros horarios y después recién esta el niño", explica.
Esta figura le permite al niño que alguien distinto del abogado de sus padres y distinto del abogado del estad, pueda asesorarlo.
Hernández, sostuvo que “en los casos de violencia familiar es donde más el niño necesita un abogado. Si ese niño tuvo violencia de parte de su progenitor o progenitora, queda en el medio de un tironeo. Entonces qué bien le viene a este niño que lo entreviste un abogado diferente de las partes.", subraya.
La autoridad de aplicación, actualmente el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, coordinará con los Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba las acciones que estime indispensables para la implementación y control del Registro Provincial de Abogados del Niño.
Ignacio Castro.Redacción Puntal
Comentá esta nota
Se trata del primer caso que se instruye en los tribunales huinquenses, y quien la solicitó es un chico de 13 años que apartado de su hogar, viven en una familia de acogida, mientras espera que se resuelva su guarda permanente.
El caso llega a la Justicia a través de una letrada local, especialista en la materia, y la familia que actualmente esta acogiendo al menor de 13 años que ya instruyó a la letrada sobre diferentes temas a tener en cuenta. Según pudo determinar este medio, quienes hoy contienen al chico estarían interesados es lograr su guarda.
El juez Claudio Mazuqui fue quien hizo lugar a la petición a esta normativa que aún no está reglamentada con lo cual se debió llevar a cabo un sorteo de la lista de letrados de Tribunales para asignar un profesional al niño que ya está siendo representado legalmente.
La doctora Ada Hernández especialista en Niñez y Familia fue quien asesoró a su colega designada para el caso, doctora Carla Blencio, para que represente al niño.
Por su parte el juez señaló con respecto a este caso: “El niño ha solicitado ciertas medidas y así tener una vida feliz; ha pedido ir al colegio, disfrutar de sus amigos. Hay muchas cosas que particularmente ha pedido él y por eso le hemos designado a la doctora Blencio como abogada del niño”, subrayó.
A los fines de resguardar datos personales del menor, es que el juez evitó dar detalles más precisos del caso.
Y agregó Mazuqui: “Lo que él solicita son ciertas cuestiones particulares para su vida y nosotros hemos entendido de que era necesario que tenga un abogado para que lo acompañe en todas estas decisiones que vaya tomar de ahora en adelante”.
La abogada especialista además trabaja en comisiones para la reglamentación de la normativa que fue aprobada recientemente en Córdoba y destaca la utilidad de la misma ,pero señala que desde el año 1989 hay legislaciones que prevén que el niño tenga este tipo de derechos.
"El artículo 12 de la Convención para los Derechos del Niño ya preveía en el año 1989 la figura del abogado del niño y Argentina ratificó esa convención por tanto para este país es Ley suprema. En 2004 salió la Ley 26061, en el artículo 27 dice que el niño tiene derecho a un abogado en todo proceso que lo involucre y después en 2015 sale el Código Civil. Este año sale en Córdoba la Ley 26964 que es como que crea, pero en realidad estaba creada, la trajo, la bajó a tierra”, precisó la letrada.
No obstante, la ley cordobesa todavía no ha sido reglamentada, y por ello la designación del abogado del niño tuvo que hacerla un juez. Caso contrario, existiría una lista de profesionales especializados en el tema. “Mazuqui lo hace con muy buen criterio y armoniza las normas de derecho interno. Lo importante es que resolvió y lo hizo", sostuvo Hernández.
Así tras, oficiar al colegio de abogados, se hizo el sorteo, y ahora el menor es representado por la doctora Blencio.
El rol del profesional
La letrada en diálogo con Puntal manifestó que la ley que contempla la figura del abogado del niño debería tener mayor difusión en escuelas y clubes donde los menores puedan conocer de qué se trata, y saber cuándo acudir.
“Existe un derecho donde el niño que esté en un proceso que lo involucre, puede solicitar un abogado. Lo interesante es que primero se sepa que tienen el derecho y la posibilidad de poner un abogado.”.
A modo de ejemplo, la doctora Hernández explicó: “Puede ser en un debate de régimen de visitas y pueda ser que el niño no coincida, porque a lo mejor el padre quiere que este con él y el niño quiere estar en la casa de la madre porque se junta con los amigos los sábados, o ese día no quiere y quiere otro día, Generalmente los adultos hemos acomodado nuestros horarios y después recién esta el niño", explica.
Esta figura le permite al niño que alguien distinto del abogado de sus padres y distinto del abogado del estad, pueda asesorarlo.
Hernández, sostuvo que “en los casos de violencia familiar es donde más el niño necesita un abogado. Si ese niño tuvo violencia de parte de su progenitor o progenitora, queda en el medio de un tironeo. Entonces qué bien le viene a este niño que lo entreviste un abogado diferente de las partes.", subraya.
La autoridad de aplicación, actualmente el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, coordinará con los Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba las acciones que estime indispensables para la implementación y control del Registro Provincial de Abogados del Niño.
Ignacio Castro.Redacción Puntal