Anularon la prisión preventiva a Cristina por el memorándum de entendimiento con Irán
El fiscal consideró que la medida de Bonadio no debía seguir vigente
El tribunal que juzgará a Cristina Kirchner por la firma del memorándum de entendimiento con Irán ordenó el cese de la prisión preventiva dictado sobre la vicepresidenta. Esta cumplió dos años y la fiscalía consideró que la medida impuesta por el juez Claudio Bonadio no debía seguir vigente. La exmandataria cuenta con diez procesamientos en la Justicia y con esta decisión, con cuatro pedidos de prisión preventiva.
En medio de la discusión por lo que el presidente Alberto Fernández consideró que eran "prisiones arbitrarias", en las últimas semanas y sobre la base de las nuevas restricciones impuestas a las prisiones preventivas en el nuevo Código Procesal Penal, se ordenaron varias excarcelaciones de exfuncionarios kirchneristas y empresarios investigados en diferentes expedientes de corrupción.
A juicio oral
En 2018, el juez Claudio Bonadio dio por clausurada la instrucción y envió a juicio oral y público a Cristina Kirchner, Héctor Timerman (fallecido hace pocos meses), Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Luis D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil, Angelina Abona, Martín Mena, Andrés "Cuervo" Larroque, Alan Bogado y Eduardo Zuaín.
En este expediente, la expresidenta es representada por el abogado Roberto Boico, quien junto a Aníbal Ibarra también patrocina a Oscar Parrilli. El exjefe de Gobierno porteño presenció este viernes el sorteo realizado por el máximo tribunal penal.
Después de dos años desde que en el marco de dicho expediente se dictó la prisión preventiva de la vicepresidenta, el tribunal integrado por los jueces Gabriela López Íñíguez, José Michilini y Daniel Obligado corrió vista a la fiscalía para que se pronuncie al respecto. La misma señaló que no tenía nada que dictaminar al respecto, algo a lo que la querella adhirió. Por ello el TOF 8 ordenó el cese de la detención.
Entre algunos aspectos contemplados, los jueces señalaron que la expresidenta siempre estuvo a derecho en la causa; por otro lado, indicaron que la preventiva nunca se hizo efectiva durante el plazo que estuvo vigente. Se cumplió el plazo que establece el Código Procesal Penal, que son dos años sobre la restricción sobre la libertad de forma preventiva.
El fallo sostiene que "la libertad rige durante la sustanciación del proceso y que, por ende, la prisión preventiva tiene un carácter provisional, de excepción, cautelar e instrumental, es decir, no punitivo, y que no puede sino sustentarse en la existencia de riesgos procesales, concretamente, en el eventual entorpecimiento de la investigación o la sustracción del imputado al proceso y a las órdenes del tribunal (contumacia)".
Por otro lado, el sitio web oficial del Senado desmintió nuevamente una noticia que involucraba a Cristina, esta vez por un supuesto pedido suyo para que la Oficina Anticorrupción (OA) y la Unidad de Información Financiera (UIF) no intervengan más en el juicio por presunto fraude en la obra pública.
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En medio de la discusión por lo que el presidente Alberto Fernández consideró que eran "prisiones arbitrarias", en las últimas semanas y sobre la base de las nuevas restricciones impuestas a las prisiones preventivas en el nuevo Código Procesal Penal, se ordenaron varias excarcelaciones de exfuncionarios kirchneristas y empresarios investigados en diferentes expedientes de corrupción.
A juicio oral
En 2018, el juez Claudio Bonadio dio por clausurada la instrucción y envió a juicio oral y público a Cristina Kirchner, Héctor Timerman (fallecido hace pocos meses), Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Luis D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil, Angelina Abona, Martín Mena, Andrés "Cuervo" Larroque, Alan Bogado y Eduardo Zuaín.
En este expediente, la expresidenta es representada por el abogado Roberto Boico, quien junto a Aníbal Ibarra también patrocina a Oscar Parrilli. El exjefe de Gobierno porteño presenció este viernes el sorteo realizado por el máximo tribunal penal.
Después de dos años desde que en el marco de dicho expediente se dictó la prisión preventiva de la vicepresidenta, el tribunal integrado por los jueces Gabriela López Íñíguez, José Michilini y Daniel Obligado corrió vista a la fiscalía para que se pronuncie al respecto. La misma señaló que no tenía nada que dictaminar al respecto, algo a lo que la querella adhirió. Por ello el TOF 8 ordenó el cese de la detención.
Entre algunos aspectos contemplados, los jueces señalaron que la expresidenta siempre estuvo a derecho en la causa; por otro lado, indicaron que la preventiva nunca se hizo efectiva durante el plazo que estuvo vigente. Se cumplió el plazo que establece el Código Procesal Penal, que son dos años sobre la restricción sobre la libertad de forma preventiva.
El fallo sostiene que "la libertad rige durante la sustanciación del proceso y que, por ende, la prisión preventiva tiene un carácter provisional, de excepción, cautelar e instrumental, es decir, no punitivo, y que no puede sino sustentarse en la existencia de riesgos procesales, concretamente, en el eventual entorpecimiento de la investigación o la sustracción del imputado al proceso y a las órdenes del tribunal (contumacia)".
Por otro lado, el sitio web oficial del Senado desmintió nuevamente una noticia que involucraba a Cristina, esta vez por un supuesto pedido suyo para que la Oficina Anticorrupción (OA) y la Unidad de Información Financiera (UIF) no intervengan más en el juicio por presunto fraude en la obra pública.