Policiales | juicio

Estaba acusado de haber cometido un arrebato y la Justicia lo absolvió

Es el caso de Enzo David Baigorria (21). Estaba imputado por robo calificado por lesiones
 
En la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, durante la mañana de ayer se desarrolló una audiencia en la que un joven quedó en libertad. En este sentido, Enzo David Baigorria, de 21 años, que había llegado al recinto acusado del delito de robo calificado por lesiones, fue absuelto por el beneficio de la duda.

El hecho y otras precisiones

De acuerdo con la pieza acusatoria, que fue leída por la secretaria Gabriela Sanz, el hecho se registró el 17 de enero de este año, fecha desde la que el acusado se encontraba detenido. En esas circunstancias, el imputado circulaba en una motocicleta Honda Wave por calle Comercio 500, a pocos metros de avenida Carranza. En esquina Sarmiento dobló y se acercó hacia una mujer de 69 años, que se desplazaba en una bicicleta. Con violencia, la tomó de atrás y le sacó el morral, que en su interior contenía un celular, una tarjeta de débito, el DNI, una billetera con 900 pesos y las llaves. En el momento del arrebato, la damnificada perdió estabilidad y cayó a la carpeta asfáltica. Como consecuencia, se fracturó el húmero y resultó con diferentes hematomas que requirieron de 60 días de curación.

Una vez que se conocieron los detalles del requerimiento, la jueza Eve Flores le tomó los datos personales a Baigorria. Contó que es villamariense y que le dicen “Bebé”. Además, señaló que está domiciliado en Teniente Ibáñez 2800, en el barrio Felipe Botta. Por otra parte, dijo que es soltero, que no tiene hijos y que está de novio. Asimismo, precisó que cursó hasta tercer año del secundario y que trabaja como albañil con su padre. Seguidamente, indicó que no tiene antecedentes, que no consume drogas y que, eventualmente, toma alcohol. Por último, se abstuvo de declarar.

Así, llegó el momento de alegar. El primero en hacerlo fue el fiscal Francisco Márquez, quien sostuvo la acusación y comenzó haciendo hincapié en que la víctima del episodio sufrió “politraumatismos”, en correspondencia con el certificado médico que consta en la causa. Posteriormente, se refirió a distintos testimonios que, según consideró, eran pruebas suficientes. Entre ellos, aludió a lo declarado por una adolescente que lo vio a Baigorria cuando delinquió. En esta dirección, recordó que cuando se llevó adelante la rueda de personas, esa testigo lo reconoció. En contrapartida, la abogada Florencia Vottero destacó que en la rueda de reconocimiento, la joven había dicho que estaba entre dos de las personas presentes. “Es un indicio”, dijo la letrada e insistió en que fue una elección a través del descarte, por lo que se “disminuye la entidad convictiva del acto”. A la vez, resaltó que al momento del allanamiento sólo se secuestró la moto y un buzo —no se encontró el celular ni el morral—. Es por ello que, la calificación podría haber sido otra (por ejemplo, encubrimiento). También mencionó que no hay prueba directa y, por ende, tampoco existe certeza para declararlo culpable. “Las íntimas convicciones nos alejan de la verdad”, expresó respecto a que, si se procede de esa manera, en ocasiones, se vicia la investigación. De este modo, finalmente, solicitó la absolución para su defendido.

Tras un cuarto intermedio, la magistrada hizo caso al planteo de Vottero y dictó la resolución desarrollada al inicio.

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