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La causa local contra Zoe retrocede varios casilleros

La Cámara del Crimen declaró ayer la nulidad de la elevación a juicio. Observan que en la acusación formulada por la fiscal Companys se hizo “un relato vago” de los hechos. El argumento que dieron los camaristas locales consta en un escrito de más de 200 páginas

La Cámara del Crimen local declaró ayer la nulidad de la elevación a juicio de la mediática y polémica causa Generación Zoe, investigación que dio inicio en 2021 y por la cual la fiscal de Instrucción del Segundo Turno de Villa María, Juliana Companys, avanzó en la imputación de 26 personas, contabilizando un total de 173 hechos delictivos, siendo los mayores responsables de los mismos el líder y el vice de la empresa, Leonardo Cositorto y Maximiliano Batista, respectivamente, quienes por estos días están siendo juzgados en Goya, Corrientes, donde se los acusa de haber estafado a casi cien personas a través de un sistema piramidal de recaudación de fondos, el mismo que fue implementado en varias ciudades de esta provincia, entre ellas Villa María.

Precisamente, este martes, las vocales Edith Lezama y Eve Flores y el camarista Félix Martínez resolvieron, a través de un escrito de más de 200 páginas, anular la elevación a juicio argumentando, por ejemplo, que la acusación hace “un relato vago” de los hechos, contradiciéndose de esta manera al artículo 355 del Código Procesal Penal, donde se establece que toda inculpación “debe contener una relación clara, precisa, circunstanciada y específica de los hechos”.

En el dictamen, las máximas autoridades de la Cámara indicaron que la fiscal tampoco precisó el lugar donde los imputados se confabularon para formar parte de una banda criminal, ni tampoco se hizo mención a la existencia de un conglomerado de empresas que formaban parte de Zoe, al tiempo que tampoco se brindaron precisiones respecto de la real existencia o no de las mismas y su ubicación.

Lezama, Flores y Martínez además destacaron que los roles de cada uno de los integrantes de la asociación “no se encuentran precisados, circunstancia que conlleva ineludiblemente a una afectación de la garantía de la debida defensa en juicio de los imputados, como así también a una vulneración del principio de congruencia”.

Los imputados y la posibilidad que existe de quedar libres

En el marco de esta causa, la fiscal Companys había pedido que sean juzgados Ariel Mauricio Abellonio, Silvana Verónica Abellonio, Franco Fernando Altamirano, Claudio Javier Álvarez, Florencia Anahí Álvarez, Maximiliano Javier Batista, Juliana Anabella Bollea y Leonardo Nelson Cositorto.

Asimismo, también se solicitó que se sienten en el banquillo Gabriela Fernanda Deangelis, Cristian Omar Delgado, Miguel Ángel Echegaray, Silvia Rosa Fermani, Rodrigo Hernán García, Lucas Gonzalo Giorgis, Susana Beatriz Luján y Maximiliano Eric Mitroff.

Del mismo modo, se estableció que respondan ante la Justicia Federico Moreno, Agustín Nicolás Pereno, Claudia Beatriz Pereyra, Martín Sebastián Pereyra, Norman Ariel Próspero, Celia GildaRocha, Andrea Mariela Sánchez, Julieta Paula Sciutti, René Germán Udrizar y Marcelo Javier Váldez.

Juristas sostenían este martes que la decisión que adoptó la Cámara podría derivar incluso en la libertad de los detenidos, a raíz de que empezarán a vencerse los tres años máximos de prisión preventiva que autoriza el sistema judicial cordobés (las detenciones comenzaron a darse en febrero del 2021).