Villa María | Ley

La Defensoría Pública Federal de la ciudad acompaña a 9 niños para que puedan acceder a la Ley Brisa

Su titular, Luz Felipe, aseguró que los casos de 4 hijos de mujeres asesinadas en el 2012 están judicializados. Asimismo, dijo que comenzaron a trabajar con otra familia oriunda de Oliva con el fin de comenzar el trámite administrativo
 

En el año 2018 fue promulgada y sancionada la Ley 27.452 denominada Ley Brisa que tiene como finalidad otorgar una reparación económica a los hijos e hijas de mujeres que fueron víctimas de femicidios.

En este sentido, desde la Defensoría Pública Federal, a cargo de Luz Felipe, acompañaron en estos dos años a 9 niños de Villa María y la región que acudieron en búsqueda de recibir ayuda para ser beneficiarios de esta normativa nacional.

Felipe afirmó que por el momento se encuentran esperando las determinaciones finales por parte de la Justicia ante el pedido de reconocimiento de la reparación a 4 hijos e hijas de mujeres que fueron asesinadas en la ciudad en el año 2012, momento en que la ley no existía.

Asimismo, dijo que la semana pasada comenzaron a trabajar con una familia de Oliva que tomó la tutoría de 2 niñas menores tras el femicidio de su madre en mayo del 2018 y por el cual el agresor fue sentenciado a cadena perpetua el 24 de febrero del corriente año.

La abogada mencionó que el tercero de ellos ya tiene mayoría de edad y que la ley contempla la reparación hasta los 21 años, motivo por el cual podría realizar el trámite administrativo de manera particular.

En torno a los 2 niños restantes, mencionó que comenzaron con la documentación pertinente pero que el grupo familiar a cargo continuó en Buenos Aires, lugar que se convirtió en la residencia de los beneficiarios. Además, indicó que el femicidio fue tras la promulgación de la Ley Brisa, por lo que no tuvieron que judicializar.

Por otro lado, la defensora pública federal señaló que es un trámite que debería ser resuelto de manera sencilla y que en la actualidad “está más allanado” para poder llevarlo a cabo de manera particular. También precisó que desde el organismo acompañan aquellos casos que deben ser judicializados porque el Estado desconoce el tiempo transcurrido desde el femicidio hasta la promulgación de la ley en 2018.

Oliva

El femicidio ocurrió el 6 de mayo del 2018, el hijo y las 2 hijas de la mujer asesinada quedaron a cargo de una de sus hermanas y el 24 de febrero fue conocida la sentencia del culpable. “Desde la Defensoría tomamos conocimiento que estaban teniendo bastante dificultades para lograr iniciar el trámite desde la Anses, respecto a la documentación que es necesaria” y agregó: “Ahora estamos acompañando a este grupo familiar para poder completar el expediente y solicitar el reconocimiento de la reparación”.

Sobre el caso, aseguró que llevarán adelante las acciones pronto. Aun así, por el momento trabajan en completar la documentación, debido a que llevaron adelante otras instancias, por ejemplo, la realización de una delegación de responsabilidad parental a una de las hijas debido a que su progenitor no está vinculado al femicidio.

Por lo que desde la Defensoría acompañaron con la tramitación y el contacto con las autoridades judiciales debido a que el vencimiento de la delegación rige por un año y debe ser renovado. Con este trámite, la tía podrá ser la representante legal de la niña que está a su cargo. Luego la familia decidirá si va a juicio o no debido a que el femicidio ocurrió dos meses antes de que la ley sea sancionada y promulgada.

En torno al proceso administrativo, aseguró que será distinto respecto al tiempo que llevará porque ya existen precedentes y “se encuentra allanado la tramitación” en el organismo pertinente.

Al respecto, describió: “En los primeros casos, el organismo no tenía aplicativos para presentar la documentación, ni cuáles eran los requisitos necesarios, tampoco como darte los turnos. Pero eso hoy está resuelto”.

Villa María

La abogada comentó que el año pasado llevaron adelante el acompañamiento a dos grupos familiares que poseían dificultades para percibir el beneficio en el marco de la Ley Brisa por dos femicidios ocurridos en el 2012.

La entrevistada remarcó que se trata de 4 hijos e hijas que tuvieron “muchas dificultades” para llevar adelante el trámite administrativo debido a que hubo falencias en los organismos intervinientes, lo que influyó en el proceso de las personas a cargo.

Ante el inicio del proceso, Felipe remarcó que los menores fueron reconocidos por la Senaf para ser beneficiarios, por lo que la Anses comenzó a liquidar el monto que es un haber jubilatorio mínimo.

No obstante, presentaron una demanda judicial “porque la ley habla de que la reparación es retroactiva a la fecha del asesinato de la madre y la reglamentación dice que la actividad se limita a la fecha de regulación de la ley, que fue en julio de 2018”. En este sentido, iniciaron la judicialización para que se reconozcan los 6 años de reparación a los hijos e hijas que perdieron a sus madres.

“Presentamos la demanda en contra del Estado nacional porque la reglamentación era inconstitucional restringe el beneficio que es reconocido en una ley mediante una reglamentación de menor jerarquía”, ratificó. En torno al proceso, contó que tuvieron una primera sentencia favorable respecto a la retroactividad, no obstante, que el Estado nacional apeló respecto a reconocer esos 6 años.

“La Cámara de Apelación de Córdoba dictó sentencia e hizo lugar a la apelación nuestra rechazando la del Estado nacional y confirmó que la retroactividad del beneficio debe ser desde el momento de muerte de la madre”, señaló. Asimismo, mencionó que reclamaron la cobertura integral de salud para los 4 beneficiarios pero que la Justicia cordobesa no dio lugar a la demanda.

En consecuencia, alegó que aún resta por ejecutar la sentencia por el reconocimiento de esos 6 años porque el expediente continúa siendo trabajado desde el Tribunal Superior de Justicia de la Nación, donde el Estado nacional presentó un recurso extraordinario.

“Pero la cámara le rechazó la instancia extraordinaria, aun así, todavía tiene una vía judicial más que se llama recurso directo de quejas ante la Corte Suprema y que está en plazo todavía de presentar”, explicó Felipe.

Por todos estos motivos, declaró: “Estamos limitados con la posibilidad de exigir la ejecución de esta decisión de la Cámara Federal de Apelación de Córdoba”.

Para finalizar, remarcó que la condena a los agresores “es una limitante porque hasta que no esté confirmado el juicio oral, porque es necesario acreditar con la sentencia de condena o con una resolución judicial, no podes iniciar el trámite”. “Por eso es muy importante que los juicios en la Justicia respecto a femicidios tengan un trámite rápido, con celeridad”, finalizó.