Rodríguez: "La prórroga de la licencia de Gill está dentro de la base jurídica"
La nota en la que el secretario de Obras Públicas de la Nación, Martín Gill, solicita una renovación de la licencia es presentada hoy para ser discutida en el recinto en la sesión ordinaria del jueves. En diálogo con el secretario de Gobierno, Eduardo Rodríguez, fundamentó que la licencia y/o ausencia enmarcada en el artículo 124 de la Carta Orgánica se diferencia de la acefalía porque es un hecho voluntario con la posibilidad de regresar.
En este sentido, la base jurídica establece que se renueve la licencia o se genere una nueva siendo hasta cumplir con la función de intendente, culminado el propósito a nivel nacional.
Por otro lado, aseveró que existe una interpretación integral de la Carta Orgánica en la que se fundamenta la base jurídica de tal solicitud. “Hay una situación que es clave, no es una modificación ni que se alteren las facultades otorgadas a los distintos poderes del estado”, aseguró Rodríguez.
Carta Orgánica
El secretario describió que fue sancionada en 1995 y que posee como antecedente la Ley Orgánica de Municipios en la que fue establecido un régimen de ausencias y/o licencias como un instituto jurídico distinto a la acefalía que es involuntaria, temporal o permanente y en la que no es requerida la intervención del Concejo Deliberante.
Distinta es la licencia en la que está de por medio la voluntad de quien la solicita y donde media el órgano legislativo para autorizarla o rechazarla. Además, no posee un plazo máximo de ausencia que dependerá también del análisis de los ediles.
“En la acefalía existe un impedimento para que el intendente continúe en función de su cargo y eso es hecho sobreviniente que puede ser la destitución, una declaración jurada por inhabilidad o incluso la muerte”, explicó Rodríguez y añadió: “La licencia o ausencia es un hecho voluntario, la diferencia es que siempre está latente a voluntad del interesado la posibilidad de volver a ejercer el cargo. Es la base jurídica porque es procedente una nueva licencia o la prórroga de la licencia que ya le fue concedió”.
Respecto a la integralidad, el funcionario garantizó que la base jurídica compete a la interpretación integral y completa de la Carta Orgánica Municipal, siendo varios los artículos que avalan el pedido de la prórroga además del 124 en el que es abordado la licencia y/o ausencia como instituto jurídico. “No es una interpretación caprichosa ni rebuscada”, subrayó.
Por otro lado, sobre las disputas sobre la constitucionalidad del pedido y las declaraciones de la oposición, también de diversos partidos políticos de la ciudad, recalcó: “Entiendo que es parte del juego de la política, no todo el mundo esté de acuerdo. Lo importante es que no se viole la ley. Conociendo a Martín, si hubiera una transgresión de alguna norma jurídica, no lo hubiera pedido”.
Concejo Deliberante
El secretario comentó que serán solicitados un mínimo de seis meses de prórroga. En tan sentido, enunció que el Concejo puede concederla y en el caso de hacerlo, podrá respetar el plazo pedido, acortarlo o alargarlo.
En caso contrario, el peticionario deberá decidir si retomar su función anterior o continuar con el cargo actual. La renuncia si es un acontecimiento enmarcado por el artículo 125 “es decir por una causal, acefalía o impedimento. Un hecho involuntario”.
Siendo de esta manera, el órgano legislativo local dejaría de intervenir para reemplazar al intendente electo.
En este contexto, remarcó que distinto es de la licencia, porque no tiene un plazo máximo. Además, la voluntad de los ediles es la que irá otorgándola. “Pero no podés aplicar la solución de una institución que es involuntaria y sobreviniente para tratar de solucionar una situación no reglada, que claramente es voluntaria”, afirmó.
Análisis
En este sentido, el funcionario expresó que esta situación es algo usual en intendentes que ganan elecciones populares. Por otro lado, estimó que la situación del actual secretario de Obras Públicas es particular debido a que por condiciones externas aún continúa en desarrollo el propósito por el cual el Presidente de la Nación y el ministro de Obras Públicas de la Nación lo convocaron.