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Gill publicó su declaración jurada: es el único funcionario que lo hace

La decisión del jefe comunal de avanzar en ese sentido sigue sin encontrar eco entre sus colaboradores. Lo publicado es una copia del formulario 711 presentado ante Afip
 
El intendente Martín Gill sigue siendo el único funcionario del Municipio que hace pública su declaración jurada de bienes, a pesar de que no existe en esta ciudad la obligatoriedad de hacerlo.

Como repite desde 2016, el jefe comunal publicó días atrás en el portal Gobierno Abierto copia del formulario 711 correspondiente al período 2018. Es documentación presentada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) en julio de este año, tal como consta en el mismo escrito.

La decisión del jefe comunal de avanzar en ese sentido sigue sin encontrar eco entre sus pares, que como él sí tienen la obligación de presentar su declaración jurada anual pero no de hacerla pública.

Igual hay que aclarar que la información que el jefe comunal publica no tiene todas las particularidades que pide la normativa local. Pero es mucho más que nada. 

En el formulario están los datos de bienes y deudas e incluso la información sobre la “ganancia neta sujeta a impuesto”.

Lo que dice la ordenanza

Al margen de la ley nacional, a nivel local en diciembre de 2001, a instancias de un proyecto del actual intendente por entonces concejal, se aprobó el  Código de Ética de la Función Pública que en el Capítulo IV estableció el Régimen de las Declaraciones Juradas Patrimoniales y Financieras.

En la norma se determinó que las declaraciones “serán en principio secretas debiéndose mantenerse en sobre lacrado firmado por el declarante y el presidente del Concejo Deliberante en caja fuerte del Municipio”. Sólo se hacen públicas si se dan las razones que la misma ordenanza especifica, entre ellas que medie orden de juez competente, “a pedido de su firmante  mediante solicitud escrita, o de sus sucesores, para el caso de muerte o incapacidad”, por “resolución del Concejo Deliberante, por el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. 

La obligación de presentar la DDJJ pesa sobre el intendente, los concejales, auditor general y adjunto, secretarios, subsecretarios, directores y subdirectores, tribunos de cuentas y “todos los que ocupen un cargo de naturaleza política en cualquier ámbito del Municipio”. Y en relación con el contenido, la ordenanza menciona que debe estar la “nómina completa y detallada de los bienes, créditos, deudas e ingresos del declarante, su cónyuge e hijos menores no emancipados y/o su pareja conviviente”.

En referencia con la presentación, la norma estableció que debe ser actualizada “anualmente antes del 30 de noviembre de cada año y al cese de sus funciones”, con lo cual, y siguiendo la letra de la ordenanza, los funcionarios obligados ya tienen que haber cumplido con ese requerimiento. Caso contrario, y una vez vencido el plazo de presentación sin que se hubiera efectivizado, “la Presidencia del Concejo Deliberante (actualmente a cargo de Carlos De Falco) intimará al responsable para que dentro de los 5 días siguientes proceda a su cumplimiento”. 



Mariana Corradini.  Redacción Puntal

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