El artículo 131 del Código Penal dice: “Será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”. Ese artículo define, entonces, lo que es el grooming.
En diálogo con PUNTAL VILLA MARÍA, el titular de la ONG Grooming Argentina, Hernán Navarro, definió al delito como “la nueva modalidad del abuso sexual contra las infancias”. Y destacó: “Estamos ante el delito de mayor gravedad en el ecosistema de Internet en relación al territorio humano más importante que tenemos que son niños, niñas y adolescentes”.
Como es de público conocimiento, desde la medianoche del viernes 20 de marzo rige en el país el aislamiento social preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus. Al respecto, el abogado dijo que si bien el Estado Nacional tomó esa determinación “hacia un contexto físico”, no lo hizo “hacia un contexto del mundo digital”. Además, resaltó que son muchas las consultas que reciben por parte de padres y madres sobre las actitudes de los niños frente a las pantallas.
“Analizamos el alto incremento en la prolongación del tiempo de uso en relación al manejo de los dispositivos móviles y a la convivencia en redes sociales”, sostuvo y explicó que la hiperconectividad “lamentablemente se conjuga desde el punto de vista peyorativo” y convierte a los niños en “hipervulnerables”. Así, habló de una “tormenta perfecta” en la que “los largos períodos de conectividad” favorecen escenarios en los que se desenvuelve el “depredador sexual que sale a la caza para ejecutar distintas variables de manipulación”.
Advirtió que el confinamiento “exacerba y potencia” la comisión del delito de grooming. A pesar de que aún no cuenten con “datos duros”, insistió en que la coyuntura actual sería propicia para “distintas situaciones de vulnerabilidad” y que, por lo tanto, es necesario una política orientada a una “convivencia digital segura”.
Seguidamente, subrayó la urgencia de que la familia argentina incorpore una cultura de la protección y del resguardo en materia digital, en la que el establecimiento de pautas y límites —no solo desde la construcción de una mirada crítica— sean el eje transversal de una “desintoxicación digital”.
Acerca de este concepto, Navarro mencionó que “nada tiene que ver con la prohibición”. En contrapartida, señaló que, en realidad, está vinculado con que la sociedad —en tanto sociedad de la información— se nutra para actuar consecuentemente.
En otro punto, recalcó que los niños no son propiedad de los padres. “Son sujetos de derecho”, precisó y explicó que invadir su privacidad es vulnerar, por ende, un derecho. Para evitar esas circunstancias, el presidente de la ONG puntualizó que apuntan al diálogo y a una política familiar con imposición de normas en términos de virtualidad. “El mensaje no es el de la prohibición. El mensaje es el de limitar”, aclaró.
“Debemos transformar la crisis que estamos viviendo en oportunidades para encarar nuevos y mejores desafíos”, agregó.
Posteriormente, enfatizó: “El mensaje no es estigmatizar la herramienta sino que, por el contrario, hacer un uso y un pleno goce pero de forma responsable, de forma segura y de forma realmente comprometida”.
Finalmente, detalló que no existe un perfil determinado de “depredador sexual”. “Puede ser cualquier persona. Hay que romper con el imaginario social de esa persona encapuchada detrás de la pantalla en una PC”, manifestó. Y añadió: “Los pedófilos se amparan en esta máscara que utilizan para ejecutar ese abordaje desde el punto de vista sexual perverso, desviado”.
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