Por la muerte de un niño, ordenan a un club pagar millonaria indemnización
La tragedia se produjo en la pileta de River Plate de Inriville
El Juzgado Civil de Marcos Juárez condenó al Club Atlético River Plate de Inriville a pagar una indemnización a los padres de un niño de dos años que murió en su pileta.
El tribunal atribuyó a la institución deportiva el 80% de la responsabilidad en el fallecimiento, al considerar que el natatorio carecía de las condiciones mínimas de seguridad.
El caso ocurrió durante un evento en el quincho del club, fuera de la temporada de verano.
Los padres denunciaron que su hijo desapareció y, minutos después, lo encontraron sumergido en la pileta olímpica.
El club, en su defensa, planteó que la responsabilidad recaía en los progenitores por no cumplir con el deber de vigilancia. Sin embargo, el tribunal rechazó este argumento y evaluó el estado de las instalaciones.
El juez Edgar Amigó Aliaga constató que la piscina estaba llena de agua estancada con algas y que el cerramiento perimetral no impedía el ingreso de personas. Además, no había personal destinado a controlar la zona.
El fallo destacó que el club, como institución recreativa, tiene un mayor deber de previsión y seguridad por la continua afluencia de personas, incluidos niños o adultos que no saben nadar.
El magistrado sostuvo que existió una responsabilidad concurrente en el hecho: el 80% recayó sobre el club y el 20% restante en los padres del niño, por la “culpa in vigilando”.
El juez remarcó que el mal estado de las instalaciones y la falta de medidas preventivas fueron determinantes en el trágico desenlace.
La condena incluye una compensación por daño moral a los padres y a la hermana de la víctima.
El fallo resaltó que la pérdida de un hijo implica un sufrimiento incalculable, imposible de reparar con una suma económica.
Como medida preventiva, el juez obligó al club a contratar un seguro de responsabilidad civil para proteger a los usuarios ante futuros incidentes. Esta póliza, explicó, no evita los accidentes, pero sí puede cubrir sus efectos patrimoniales.