El proyecto oficial de reforma de Bienes Personales fue presentado ayer en la Cámara de Diputados e incluye un alza progresiva de la alícuota a medida que aumenta el patrimonio, mientras casi duplica el mínimo no imponible, que pasa de $1.050.000 a $2.000.000.
El proyecto forma parte de la adenda fiscal firmada por 18 gobernadores, la cual estipula la suspensión de la cláusula del consenso fiscal 2018 que pautaba el compromiso "de no crear nuevos impuestos nacionales sobre el patrimonio ni incrementar la alícuota del impuesto sobre los Bienes Personales".
Ahora se propone que a partir de 2019 la base no imponible pase de 1.050.000 pesos -correspondiente a 2018- a 2.000.000 en 2019.
En tanto, la alícuota que en 2018 fue del 0,25% (a pagar sobre el excedente), se mantendrá en ese nivel si el valor total de los bienes declarados fuera de entre 2.000.000 y 5.000.000, pero subirá al 0,5% entre 5.000.000 y 20.000.000, y al 0,75 cuando la suma declarada fuera superior a los 20.000.000.
De esta manera, el Gobierno da marcha atrás en su proyecto original para que Bienes Personales, denominado "impuesto a la riqueza", desapareciera en 2019.
El artículo 70 del proyecto de ley de blanqueo y reparación histórica 27.260 que se sancionó en 2016 planteaba alícuotas decrecientes hasta su eliminación total en 2019.
La idea del oficialismo es avanzar hoy con la adenda fiscal en la Comisión de Presupuesto y Hacienda en conjunto con un revalúo de Ganancias y el Presupuesto 2019.
El proyecto para reformar el impuesto a los Bienes Personales fue presentado por los diputados Alejandra Martínez (UCR) y Jorge Franco (Frente de la Concordia Misionero), en representación de los gobernadores de Jujuy, Gerardo Morales, y de Misiones, Hugo Passalacqua, dos de los mandatarios provinciales que suscribieron la adenda fiscal con el gobierno nacional.
Inmuebles rurales
Otro aspecto que se modificaría si prospera la reforma tiene que ver con la incorporación al régimen de Bienes Personales de los titulares de inmuebles rurales, que hasta ahora se encontraban exentos de este impuesto, dado que pagaban por Ganancia Mínima Presunta, un tributo que caduca el año que viene.
En 2019 también finalizarán los beneficios de los que gozaban las personas que habían ingresado en programas de blanqueo o exteriorización de bienes, que estaban exentos de pagar Bienes Personales por esos bienes.
Sobre el pago de Ganancias
Por otro lado, la Unión Cívica Radical presentó un proyecto para que jueces, legisladores y funcionarios electos paguen el impuesto a las Ganancias desde 2019.
El radicalismo busca que la iniciativa se incorpore al Presupuesto de 2019, y "logre sustituir el artículo 79, inciso a, de la ley nacional 20628", que dispone quiénes deben abonar ese tributo.
"Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación a través del Ministerio de Hacienda que incorpore al Presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio fiscal de 2019, la sustitución del artículo 79, inciso a, de la ley nacional 20.628 que hasta el momento eximía a los empleados y magistrados judiciales", según el texto difundido ayer por la UCR.
Hasta ahora, el inciso A del artículo 79 establece como ganancias para el pago de este tributo a los ingresos procedentes "del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares".
La intención del radicalismo es ampliarlo de la siguiente forma: "Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la ciudad autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los poderes Ejecutivo y Legislativo y los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial y de los ministerios públicos".
Lo que se deja de recaudar
Según cálculos realizados por el partido que integra el frente oficialista Cambiemos, la Afip se pierde de recaudar por la exención de ingresos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial -tanto nacional y como provinciales- el 0,06% del producto bruto.
En 2016, ese porcentaje representó 4.607 millones de pesos; en 2017, unos 5.759 millones y en 2018, 6.911 millones.
En 1996, la Corte Suprema de Justicia emitió una acordada para eximir a todos los integrantes de ese poder del pago de Ganancias.
El Congreso sancionó la ley 24.631 para que tanto los legisladores como los jueces y fiscales pagaran ese tributo, pero el máximo tribunal recurrió al concepto de "intangibilidad de los salarios" para eludir el pago.
Agencia NA.
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Ahora se propone que a partir de 2019 la base no imponible pase de 1.050.000 pesos -correspondiente a 2018- a 2.000.000 en 2019.
En tanto, la alícuota que en 2018 fue del 0,25% (a pagar sobre el excedente), se mantendrá en ese nivel si el valor total de los bienes declarados fuera de entre 2.000.000 y 5.000.000, pero subirá al 0,5% entre 5.000.000 y 20.000.000, y al 0,75 cuando la suma declarada fuera superior a los 20.000.000.
De esta manera, el Gobierno da marcha atrás en su proyecto original para que Bienes Personales, denominado "impuesto a la riqueza", desapareciera en 2019.
El artículo 70 del proyecto de ley de blanqueo y reparación histórica 27.260 que se sancionó en 2016 planteaba alícuotas decrecientes hasta su eliminación total en 2019.
La idea del oficialismo es avanzar hoy con la adenda fiscal en la Comisión de Presupuesto y Hacienda en conjunto con un revalúo de Ganancias y el Presupuesto 2019.
El proyecto para reformar el impuesto a los Bienes Personales fue presentado por los diputados Alejandra Martínez (UCR) y Jorge Franco (Frente de la Concordia Misionero), en representación de los gobernadores de Jujuy, Gerardo Morales, y de Misiones, Hugo Passalacqua, dos de los mandatarios provinciales que suscribieron la adenda fiscal con el gobierno nacional.
Inmuebles rurales
Otro aspecto que se modificaría si prospera la reforma tiene que ver con la incorporación al régimen de Bienes Personales de los titulares de inmuebles rurales, que hasta ahora se encontraban exentos de este impuesto, dado que pagaban por Ganancia Mínima Presunta, un tributo que caduca el año que viene.
En 2019 también finalizarán los beneficios de los que gozaban las personas que habían ingresado en programas de blanqueo o exteriorización de bienes, que estaban exentos de pagar Bienes Personales por esos bienes.
Sobre el pago de Ganancias
Por otro lado, la Unión Cívica Radical presentó un proyecto para que jueces, legisladores y funcionarios electos paguen el impuesto a las Ganancias desde 2019.
El radicalismo busca que la iniciativa se incorpore al Presupuesto de 2019, y "logre sustituir el artículo 79, inciso a, de la ley nacional 20628", que dispone quiénes deben abonar ese tributo.
"Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación a través del Ministerio de Hacienda que incorpore al Presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio fiscal de 2019, la sustitución del artículo 79, inciso a, de la ley nacional 20.628 que hasta el momento eximía a los empleados y magistrados judiciales", según el texto difundido ayer por la UCR.
Hasta ahora, el inciso A del artículo 79 establece como ganancias para el pago de este tributo a los ingresos procedentes "del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares".
La intención del radicalismo es ampliarlo de la siguiente forma: "Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la ciudad autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los poderes Ejecutivo y Legislativo y los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial y de los ministerios públicos".
Lo que se deja de recaudar
Según cálculos realizados por el partido que integra el frente oficialista Cambiemos, la Afip se pierde de recaudar por la exención de ingresos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial -tanto nacional y como provinciales- el 0,06% del producto bruto.
En 2016, ese porcentaje representó 4.607 millones de pesos; en 2017, unos 5.759 millones y en 2018, 6.911 millones.
En 1996, la Corte Suprema de Justicia emitió una acordada para eximir a todos los integrantes de ese poder del pago de Ganancias.
El Congreso sancionó la ley 24.631 para que tanto los legisladores como los jueces y fiscales pagaran ese tributo, pero el máximo tribunal recurrió al concepto de "intangibilidad de los salarios" para eludir el pago.
Agencia NA.

