El Gobierno cerró la investigación por la condonación de la deuda al Correo
Con la firma de la vicepresidenta Gabriela Michetti y el jefe de Gabinete, Marcos Peña, rechazaron una apelación para seguir el sumario administrativo por el accionar de los abogados del Estado que respondían a Oscar Aguad
El gobierno nacional rechazó ayer el pedido de un fiscal administrativo para que se continúe investigando al exministro de Comunicación Oscar Aguad por su rol en la condonación de la deuda de Correo Argentino, empresa vinculada a la familia del presidente Mauricio Macri, y declaró la inexistencia de perjuicio fiscal por la actuación de representantes del Estado Nacional en el concurso preventivo de la empresa.
A través de un decreto publicado ayer en el Boletín Oficial, el Ejecutivo dispuso el rechazo del "recurso jerárquico interpuesto por el Fiscal de Investigaciones Administrativas", Sergio Rodríguez.
El texto lleva la firma de la vicepresidente Gabriela Michetti y del jefe de Gabinete, Marcos Peña, quienes defendieron así una resolución emitida en mayo pasado por la Procuración del Tesoro.
A través de esa medida, los abogados del Estado habían dado "por clausurado el sumario administrativo" que se había dispuesto en febrero de 2017 por la condonación de la deuda del Correo.
De esta forma, desestimaron las acusaciones por el accionar del entonces ministro de Comunicación Aguad, que actualmente está a cargo de la cartera de Defensa.
“Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos”, consignó el decreto 907/2018, publicado ayer en el Boletín Oficial. En la mencionada resolución "se declaró la inexistencia de perjuicio fiscal y de irregularidad administrativa imputable a agente alguno, en relación con los hechos denunciados en los autos caratulados Correo Argentino S.A. s/Concurso Preventivo (Expediente Nº 94360/01), en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 6".
La Procuración había elevado el reclamo porque, al clausurarse las actuaciones se impedía "de manera definitiva la pretensión de lograr una investigación integral de los hechos denunciados en el marco del proceso sumarial, apartándose así del propósito específico del mismo".
Pero según consta en el decreto, "en la investigación sumarial, se tuvo por cierto que los letrados actuantes en representación del Estado nacional, en la audiencia del 28 de junio de 2016, lo hicieron conforme a expresas instrucciones del entonces Ministro de Comunicaciones (Oscar Aguad), por lo que sus conductas no generaron responsabilidad administrativa que les sea reprochable".
Además, se informó que el sumario determinó que "el accionar de los funcionarios públicos intervinientes fue el que les imponía la estructura organizativa" del Ministerio de Comunicaciones y que "los mismos estaban cumpliendo la función que les correspondía en razón del puesto".
Y que no se violó la Ley de Ética Pública, porque “la aceptación de la propuesta de la concursada” en esa audiencia “respondió a las instrucciones de la autoridad con competencia para evaluar la oferta recibida” conforme a las instrucciones del ministro.
“Respecto de la supuesta ‘quita’ o ‘espera’ en la que hubiera incurrido el Estado Nacional”, el decreto consideró que “si una actividad jurisdiccional no llegó a producirse, mal puede reprochársele a quienes llevaron adelante el cumplimiento de una instrucción dada por la superioridad”.
En el decreto se indicó también que "el agravio relacionado con la declaración de nulidad de todo lo actuado en el sumario desde la clausura de la investigación efectuada, a fin de continuar con la pesquisa y las medidas probatorias, no puede prosperar".
Agencia NA.
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A través de un decreto publicado ayer en el Boletín Oficial, el Ejecutivo dispuso el rechazo del "recurso jerárquico interpuesto por el Fiscal de Investigaciones Administrativas", Sergio Rodríguez.
El texto lleva la firma de la vicepresidente Gabriela Michetti y del jefe de Gabinete, Marcos Peña, quienes defendieron así una resolución emitida en mayo pasado por la Procuración del Tesoro.
A través de esa medida, los abogados del Estado habían dado "por clausurado el sumario administrativo" que se había dispuesto en febrero de 2017 por la condonación de la deuda del Correo.
De esta forma, desestimaron las acusaciones por el accionar del entonces ministro de Comunicación Aguad, que actualmente está a cargo de la cartera de Defensa.
“Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos”, consignó el decreto 907/2018, publicado ayer en el Boletín Oficial. En la mencionada resolución "se declaró la inexistencia de perjuicio fiscal y de irregularidad administrativa imputable a agente alguno, en relación con los hechos denunciados en los autos caratulados Correo Argentino S.A. s/Concurso Preventivo (Expediente Nº 94360/01), en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 6".
La Procuración había elevado el reclamo porque, al clausurarse las actuaciones se impedía "de manera definitiva la pretensión de lograr una investigación integral de los hechos denunciados en el marco del proceso sumarial, apartándose así del propósito específico del mismo".
Pero según consta en el decreto, "en la investigación sumarial, se tuvo por cierto que los letrados actuantes en representación del Estado nacional, en la audiencia del 28 de junio de 2016, lo hicieron conforme a expresas instrucciones del entonces Ministro de Comunicaciones (Oscar Aguad), por lo que sus conductas no generaron responsabilidad administrativa que les sea reprochable".
Además, se informó que el sumario determinó que "el accionar de los funcionarios públicos intervinientes fue el que les imponía la estructura organizativa" del Ministerio de Comunicaciones y que "los mismos estaban cumpliendo la función que les correspondía en razón del puesto".
Y que no se violó la Ley de Ética Pública, porque “la aceptación de la propuesta de la concursada” en esa audiencia “respondió a las instrucciones de la autoridad con competencia para evaluar la oferta recibida” conforme a las instrucciones del ministro.
“Respecto de la supuesta ‘quita’ o ‘espera’ en la que hubiera incurrido el Estado Nacional”, el decreto consideró que “si una actividad jurisdiccional no llegó a producirse, mal puede reprochársele a quienes llevaron adelante el cumplimiento de una instrucción dada por la superioridad”.
En el decreto se indicó también que "el agravio relacionado con la declaración de nulidad de todo lo actuado en el sumario desde la clausura de la investigación efectuada, a fin de continuar con la pesquisa y las medidas probatorias, no puede prosperar".
Agencia NA.