Con el nuevo régimen de monotributo unificado entre la Dirección General de Rentas (DGR) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), al menos unos 30 mil profesionales empezarán a pagar Ingresos Brutos. La incorporación se da por el cruzamiento de datos entre los organismos recaudadores de la Provincia y la Nación. Podrán mantener el beneficio de la exención sólo aquellos que perciben ingresos por honorarios, y actividades específicas como las relacionadas con la cultura o el bien público.
A partir del 1 de julio, entró en vigencia el nuevo régimen unificado para los monotributistas de la provincia de Córdoba. El Gobierno lo presentó como una ventaja para los contribuyentes, que podrán abonar, de una sola vez, el tributo nacional junto a Ingresos Brutos. Pero el dato más relevante es que al menos 30 mil profesionales que estaban exentos de ese impuesto tendrán que empezar a pagarlo.
Por el cruce de datos con la Afip, en el marco del monotributo unificado, la base de pequeños contribuyentes aumentará casi 50 por ciento.
En tanto, por otro lado, hay unos 21 mil profesionales cuya situación será sujeta a revisión para determinar si les corresponde o no pagar el impuesto provincial.
Para la contadora Romina Tuninetti (MP 10.159.558), la ventaja del nuevo régimen es que permite simplificar el pago de los impuestos a las pequeñas empresas, ya que agrupa, en una misma boleta, Ingresos Brutos y Monotributo.
Cruce de datos
“Rentas tomó la base de datos de los monotributistas inscriptos en Afip. ¿Qué pasa? Si el contribuyente ejerce una actividad profesional, en la provincia de Córdoba está exento de pagar Ingresos Brutos, como lo está cualquier persona con título habilitante”, explica la profesional.
En rigor de verdad, la DGR tomó los más de 300 mil contribuyentes de la base de datos de Afip y, a aquellos que tienen declarada una actividad que realmente encuadraba como profesional, la DGR les mantuvo la exención de Ingresos Brutos.
Por ejemplo, en el caso de un contador público, la Dirección General de Rentas le da el alta en Ingresos Brutos pero inmediatamente le carga la exención de pago.
“El problema se presenta en los casos en los que, en vez de especificar en Afip la actividad profesional, el contribuyente aparece bajo una actividad genérica. Por ejemplo, servicios personales genéricos, con lo cual la DGR desconoce si esa persona trabaja como profesional o no”, apuntó Tuninetti.
En ese caso, el contribuyente debe hacer un trámite para informar que efectivamente está exento del pago de Ingresos Brutos, por llevar a cabo una actividad profesional.
Para eso, hay que contar con una copia del título habilitante, y las últimas 10 facturas detallando los honorarios profesionales. En base a estos documentos, la DGR genera el trámite de exención.
“Ese trámite se puede hacer en la oficina de la delegación de Afip, o a través de la página web del organismo”, explicó la contadora.
Cómo tramitar la exención
En el mismo sentido, la profesional detalló cómo se realiza vía web.
“Hay que ingresar con cuit y clave fiscal, luego a la Dirección General de Rentas (tiene que estar habilitado el servicio). Una vez ingresado al portal de DGR, se busca el roll de trámites, Ingresos Brutos y dentro de allí, la solicitud de exención. A partir de allí se pueden adjuntar la copia del título y las facturas de la actividad profesional”, precisó Tuninetti.
En otro orden de cosas, explicó que también están exentas otras actividades, como la editorial, de imprentas, la de las asociaciones civiles y algunas tareas agropecuarias.
Actividades declaradas de uno y otro lado
¿Por qué los profesionales que antes estaban exentos ahora deben pagar Ingresos Brutos?
Con este sistema nuevo, al cruzar la base de datos de la DGR y la de la Afip, es esperable que salten casos de contribuyentes que no son profesionales y que nunca se inscribieron en Rentas, a pesar de estar inscriptos en Afip. Siempre que se cruzan los datos, aparece alguna diferencia.
¿Estos cambios ya están vigentes este mes?
Durante todo el mes de julio, hay tiempo para presentar los pedidos de exención. Y a partir de agosto, entra en vigencia el pago unificado. De hecho, me contacté con gente de Rentas y ellos están atendiendo un montón de casos como estos, de personas que quieren tramitar la exención.
¿Han tenido muchas consultas por casos como los que mencionábamos antes?
Hemos recibido varias consultas por este tipo de casos, de parte de veterinarios, ingenieros, médicos, contadores y abogados. Cada monotributista recibió la notificación de que, a partir de agosto, va a tributar en forma unificada.
Comentá esta nota
Por el cruce de datos con la Afip, en el marco del monotributo unificado, la base de pequeños contribuyentes aumentará casi 50 por ciento.
En tanto, por otro lado, hay unos 21 mil profesionales cuya situación será sujeta a revisión para determinar si les corresponde o no pagar el impuesto provincial.
Para la contadora Romina Tuninetti (MP 10.159.558), la ventaja del nuevo régimen es que permite simplificar el pago de los impuestos a las pequeñas empresas, ya que agrupa, en una misma boleta, Ingresos Brutos y Monotributo.
Cruce de datos
“Rentas tomó la base de datos de los monotributistas inscriptos en Afip. ¿Qué pasa? Si el contribuyente ejerce una actividad profesional, en la provincia de Córdoba está exento de pagar Ingresos Brutos, como lo está cualquier persona con título habilitante”, explica la profesional.
En rigor de verdad, la DGR tomó los más de 300 mil contribuyentes de la base de datos de Afip y, a aquellos que tienen declarada una actividad que realmente encuadraba como profesional, la DGR les mantuvo la exención de Ingresos Brutos.
Por ejemplo, en el caso de un contador público, la Dirección General de Rentas le da el alta en Ingresos Brutos pero inmediatamente le carga la exención de pago.
“El problema se presenta en los casos en los que, en vez de especificar en Afip la actividad profesional, el contribuyente aparece bajo una actividad genérica. Por ejemplo, servicios personales genéricos, con lo cual la DGR desconoce si esa persona trabaja como profesional o no”, apuntó Tuninetti.
En ese caso, el contribuyente debe hacer un trámite para informar que efectivamente está exento del pago de Ingresos Brutos, por llevar a cabo una actividad profesional.
Para eso, hay que contar con una copia del título habilitante, y las últimas 10 facturas detallando los honorarios profesionales. En base a estos documentos, la DGR genera el trámite de exención.
“Ese trámite se puede hacer en la oficina de la delegación de Afip, o a través de la página web del organismo”, explicó la contadora.
Cómo tramitar la exención
En el mismo sentido, la profesional detalló cómo se realiza vía web.
“Hay que ingresar con cuit y clave fiscal, luego a la Dirección General de Rentas (tiene que estar habilitado el servicio). Una vez ingresado al portal de DGR, se busca el roll de trámites, Ingresos Brutos y dentro de allí, la solicitud de exención. A partir de allí se pueden adjuntar la copia del título y las facturas de la actividad profesional”, precisó Tuninetti.
En otro orden de cosas, explicó que también están exentas otras actividades, como la editorial, de imprentas, la de las asociaciones civiles y algunas tareas agropecuarias.
Actividades declaradas de uno y otro lado
¿Por qué los profesionales que antes estaban exentos ahora deben pagar Ingresos Brutos?
Con este sistema nuevo, al cruzar la base de datos de la DGR y la de la Afip, es esperable que salten casos de contribuyentes que no son profesionales y que nunca se inscribieron en Rentas, a pesar de estar inscriptos en Afip. Siempre que se cruzan los datos, aparece alguna diferencia.
¿Estos cambios ya están vigentes este mes?
Durante todo el mes de julio, hay tiempo para presentar los pedidos de exención. Y a partir de agosto, entra en vigencia el pago unificado. De hecho, me contacté con gente de Rentas y ellos están atendiendo un montón de casos como estos, de personas que quieren tramitar la exención.
¿Han tenido muchas consultas por casos como los que mencionábamos antes?
Hemos recibido varias consultas por este tipo de casos, de parte de veterinarios, ingenieros, médicos, contadores y abogados. Cada monotributista recibió la notificación de que, a partir de agosto, va a tributar en forma unificada.