De un lado, “El Fiero” Ricardo Ariel Barrera. Del otro, Valentín Nicolás Mendoza y Diego Sebastián Cuevas. La pelea se produjo poco después de las diez de la mañana del miércoles en el Establecimiento Penitenciario N °5, en barrio Belgrano.
De la riña, Cuevas salió ileso. Mendoza resultó con un corte superficial en la mano y “El Fiero”, que es conocido por ser “pluma” —por mandar en su pabellón— sufrió una herida punzocortante en el abdomen, encima del ombligo.
A raíz de lo ocurrido, este matutino pudo saber que, si bien serán citados en sede judicial oportunamente, por el momento ninguno decidió promover acción penal. En este sentido, es necesario aclarar que al tratarse de lesiones leves el delito no es promovible de oficio: la Fiscalía no puede intervenir a menos que alguno de ellos denuncie.
Lo mismo sucede para los casos de injurias, calumnias o abusos, que son de instancia privada. Es necesario aclarar que, en los ilícitos contra la integridad sexual, algunas cosas cambiaron: hoy la denuncia la puede formular no sólo un familiar, sino un tutor, un allegado (por ejemplo de una escuela) o el mismo damnificado o damnificada (siendo menor).
A pesar de que desde los Tribunales no hay sanción, el penal sí puede tomar decisiones al respecto. En esta dirección, está permitido, entre otras cosas, quitarles puntos, suspenderles las visitas y hasta las salidas al patio. Pero además, dependiendo de la gravedad del acontecimiento, se los puede reubicar no dentro de la cárcel sino en otra penitenciaría.
Por último, también hay que hablar de otras cosas. Lo que pasa en la cárcel pasa en la cárcel: el que denuncia pierde poder. Está mal visto. Las disputas, ante todo.
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A raíz de lo ocurrido, este matutino pudo saber que, si bien serán citados en sede judicial oportunamente, por el momento ninguno decidió promover acción penal. En este sentido, es necesario aclarar que al tratarse de lesiones leves el delito no es promovible de oficio: la Fiscalía no puede intervenir a menos que alguno de ellos denuncie.
Lo mismo sucede para los casos de injurias, calumnias o abusos, que son de instancia privada. Es necesario aclarar que, en los ilícitos contra la integridad sexual, algunas cosas cambiaron: hoy la denuncia la puede formular no sólo un familiar, sino un tutor, un allegado (por ejemplo de una escuela) o el mismo damnificado o damnificada (siendo menor).
A pesar de que desde los Tribunales no hay sanción, el penal sí puede tomar decisiones al respecto. En esta dirección, está permitido, entre otras cosas, quitarles puntos, suspenderles las visitas y hasta las salidas al patio. Pero además, dependiendo de la gravedad del acontecimiento, se los puede reubicar no dentro de la cárcel sino en otra penitenciaría.
Por último, también hay que hablar de otras cosas. Lo que pasa en la cárcel pasa en la cárcel: el que denuncia pierde poder. Está mal visto. Las disputas, ante todo.

