JUDICIALES | Rodríguez

Rodríguez defendió la estrategia que derivó en el sobreseimiento de Martín Gill

El abogado explicó por qué la defensa optó por la Cámara del Crimen de Villa María y sostuvo que la causa había superado el plazo legal de dos años. También cuestionó que no se incorporaran pruebas ofrecidas por su equipo

 

El abogado Eduardo Rodríguez, defensor del ex-intendente Martín Gill, explicó los argumentos que llevaron al sobreseimiento por prescripción de la causa por presuntos hechos de violencia de género contra su expareja, vinculados a episodios de 2022 y 2023. La Cámara del Crimen de Villa María resolvió extinguir la acción penal al considerar vencidos los plazos legales.

Rodríguez señaló que la defensa sostuvo dos planteos, la prescripción y la falta de incorporación de pruebas que consideraba fundamentales para demostrar la inocencia de Gill.

“Quizás la más importante, porque definió la situación, fue la de la prescripción”, afirmó. Además, remarcó que el plazo legal de dos años debía ser respetado por los organismos judiciales y que el debido proceso constituye una garantía constitucional.

El letrado también aseguró que su equipo había ofrecido elementos probatorios que no fueron incorporados al expediente. Según sostuvo, si la causa hubiera avanzado, todavía quedaban pruebas por analizar antes de llegar a una resolución sobre el fondo de la acusación.

Por qué la causa llegó a Villa María

Rodríguez explicó que la defensa decidió no apelar la elevación a juicio, alternativa que habría trasladado el expediente a la Cámara del Crimen de Río Tercero. En cambio, permitió que llegara a Villa María, donde el tribunal debía revisar la legalidad de lo actuado antes de avanzar hacia el juicio oral.

“Optamos por no ir a Río Tercero en apelación y someternos al juicio previo a ese examen de legalidad, que no lo pasó”, indicó.

Según el abogado, la Cámara detectó de oficio irregularidades que la defensa ya había señalado. Finalmente, el tribunal dispuso el sobreseimiento por prescripción, sin que la causa llegara a un juicio oral y público ni a una sentencia sobre los hechos denunciados.