Así lo determinó el Tribunal de Disciplina, que les dio por perdido el partido de ida de cuartos de final a ambos equipos por 1-0.
Pero además, el fallo le impedirá al que clasifique llevar público como visitante durante 3 partidos.
La multa es de 3 millones de pesos a Alumni, y de 2 millones a Alem.
El pasado domingo, Alem vencía 1-0 a Alumni cuando el árbitro Matías Ibáñez suspendió el partido porque la parcialidad visitante rompió el tejido olímpico. Sin embargo, previamente hubo enfrentamientos entre hinchadas, y una vez suspendido el cotejo, los hinchas de Alem invadieron el pulmón de su cancha, que divide ambas parcialidades, y atacaron a piedrazos a la hinchada de Alumni, que devolvió las piedras, lo que forzó a los oficiales de la policía a actuar con disparos de balas de goma y gas pimienta.
El Tribunal de Penas receptó los informes del árbitro y de la Policía, y determinó lo siguiente:
1) Aplicar el artículo 152 dando el partido por perdido a ambos clubes por 1 a 0.
2) Sancionar a ambos clubes de acuerdo al artículo 80, por disturbio entre simpatizantes, con multa equivalente a 300 entradas al Club Alumni (3 millones de pesos). Además, debe resarcir económicamente a Alem, por los daños ocasionados en la cancha (rotura de alambrado olímpico).
También al Club Alem se le aplica el artículo 80, y una multa por el valor de 200 entradas (2 millones de pesos).
3) Sancionar a los jugadores de Alumni, Tomás Lorca y Juan Galleguillo, por 1 fecha (ambos saltaron el alambrado ante los disturbios).
4) El Consejo Directivo programará el partido de vuelta de cuartos de final, quedando prohibido el ingreso de hinchas, socios, y allegados. Sólo ingresarán las delegaciones debidamente planilladas.
5) Se sanciona a Alumni y Alem con la prohibición de asistencia de sus parcialidades como visitante por el término de 3 fechas (artículo 287).
Este dictamen será enviado al COSEDEPRO para su análisis.