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Condenaron a un joven por un hecho de violencia de género

Jonathan David Córdoba recibió la pena de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional por ser encontrado el autor responsable de los delitos de lesiones leves calificadas, amenazas y resistencia a la autoridad

En la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, un joven de 27 años fue condenado a dos años y seis meses de ejecución condicional por ser el autor responsable de los delitos de lesiones leves calificadas, amenazas y resistencia a la autoridad.

En este sentido es fundamental señalar que Jonathan David Córdoba, de esta forma, quedó inmediatamente en libertad. Sin embargo, en el momento de dictarse la sentencia se estableció que deberá cumplir con una serie de reglas de conducta. Así, entre otras cosas, tendrá que evitar mantener contacto con la víctima, Romina Maldonado de 26 años, y se verá obligado a someterse a un tratamiento psicológico debido a sus adicciones que deberá acreditar en el plazo de 15 días.

Especificaciones sobre los hechos

En primer lugar, en el marco de la audiencia que fue abreviada —hubo un pacto de condena entre la defensa y el representante del Ministerio Público Fiscal—. Guillermo Picco, el actuario, realizó la lectura de la pieza acusatoria.

El 29 de septiembre de 2017, cuando eran aproximadamente las 7.30, Córdoba se encontraba junto a su expareja, Maldonado, en un domicilio ubicado en Concejal Aimar al 100. Fue allí que por una discusión del momento él la golpeó en la cabeza y le generó lesiones en su ojo, en su rostro y en las orejas. De esta forma, la mujer resultó con escoriaciones múltiples que devinieron en que requiera siete días para su curación.

Seguidamente, el mismo día, pero ya en horas de la noche —minutos antes de las 22— la damnificada llegó a la vivienda junto a policías para retirar sus pertenencias y con una orden de restricción. El imputado, en esas circunstancias, se acercó al móvil de los efectivos donde estaba Maldonado, la insultó y amenazó con una “actitud hostil”. Además, por tal motivo, se lo quiso reducir y se resistió. Finalmente se lo aprehendió y trasladó a la sede policial.

Una vez finalizada la lectura de los hechos, el juez René Gandarillas le preguntó al acusado si iba a declarar. En esta dirección, fue afirmativa la respuesta de Córdoba. Así, el magistrado, primeramente le tomó los datos personales.

Al respecto él contó que es villamariense y que tiene dos hijos con la víctima. Por otra parte sostuvo que, previo a ser detenido, realizaba tareas como changarín —también descargaba bolsas de harina en la localidad de Colazo—. Por último se sinceró y dijo que consumía cocaína y alcohol. Luego, Córdoba confesó los hechos que habían sido leídos anteriormente ante la presencia de su madre, quien estuvo en el recinto.

El momento de alegar

El fiscal Horacio Vázquez fue el primero en tomar la palabra. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo la acusación —lesiones leves calificadas, amenazas y resistencia a la autoridad—, se refirió a los hechos y habló sobre las diversas pruebas que corroboran los delitos. Entre ellas hizo alusión a las testimoniales, a los certificados médicos y a las actas policiales de la detención de Córdoba en flagrancia. Así, pidió la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e hizo hincapié en que el imputado es joven y no posee antecedentes.

Posteriormente fue el turno de Silvina Muñoz, la asesora letrada. Ella acordó con lo planteado por Vázquez y ordenó la inmediata liberación de Córdoba, quien se encontraba alojado en prisión desde el día en que cometió los ilícitos. Finalmente, se dio lectura a la sentencia que se mencionó al inicio.

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