Nacionales | volpin

Volpin: procesan al endoscopista y a la anestesista por homicidio culposo

El juez Carlos Bruniard los consideró responsables por la muerte de la periodista. Les fijó un embargo de 1.700.000 pesos a cada uno sin prisión
 
El juez en lo Penal Carlos Bruniard procesó ayer por "homicidio culposo" al endoscopista Diego Bialolenkier y a la anestesista Nélida Inés Puente, considerados responsables de la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin mientras era sometida a una endoscopia el pasado 6 de febrero en el Sanatorio la Trinidad.

Fuentes judiciales informaron a NA que el juez dictó el procesamiento aunque sin prisión preventiva en contra de ambos profesionales y les fijó un embargo a cada uno de $1.700.000.

El juez evaluó el estado de salud de la periodista y legisladora porteña y explicó que se acreditó que Pérez Volpin "no presentaba patologías preexistentes de causas inflamatorias, infecciosas, vasculares o neoplásticas idóneas para producir o contribuir a su muerte".

Sobre el rol del endoscopista Bialolenkier, tuvo en cuenta que las pericias demostraron que hubo perforación del esófago, incluso "en el tercio superior", lo que provocó una "extensa hemorragia como signo de vitalidad de la lesión".

"Dicha perforación fue la que permitió el pasaje de gas al mediastino generando neumomediastino, neumopericardio y neumotórax bilateral con la consiguiente sucesión de los hechos", dijo el juez, y no surge "otra explicación al cuadro que en definitiva presentó la víctima", según afirmó el magistrado en su fallo.

"Entiendo que la violación al deber de cuidado por parte del nombrado profesional ha radicado justamente en no haber advertido ni tratado la efracción producida de la mucosa esofágica, que desencadenó el pasaje de gas al mediastino dando lugar al neumomediastino, neumopericardio y neumotórax bilateral, ello a pesar de resultar un riesgo propio del procedimiento, de contar con los elementos que le permitían visualizar dicha lesión, y de haber presentado la paciente los síntomas propios", concluyó.

"Concuerdo con la conclusión arribada en los informes periciales realizados y considero que el imputado, como consecuencia de un incorrecto manejo del equipo a su cargo, produjo una lesión de tipo instrumental endoscópico en la vía digestiva, que generó el paso de aire a presión en la zona del tórax provocando un barotrauma que derivó en una congestión y edema pulmonar que llevó a la falla cardíaca final de su paciente", agregó.

En cuanto a la anestesista Puente, el juez valoró que ella "advirtió tardíamente el cuadro que presentaba Pérez Volpin y su posterior desempeño contribuyó al desenlace final luctuoso".

"Considero que la médica, confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de su paciente, recostándose en el equipo que la monitoreaba", estimó. Además, evaluó que los testimonios lo hacen "descreer de la diligencia y celeridad en la toma de decisiones en el momento crítico que en su descargo se arroga Puente", pues "no solamente no pudo ejecutar una intubación que otro médico, con el mismo grado de dificultad, logró inmediatamente”.

TEMAS:
Comentá esta nota

Noticias Relacionadas