Un juez del fuero Contencioso Administrativo Federal habilitó ayer la tramitación por separado de cada presentación judicial que se haga contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del Gobierno, lo que implica que los cuestionamientos al capítulo laboral de esa norma seguirán siendo tratados en el fuero en el cual la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya había concedido una medida cautelar a la CGT y ayer dictó otra, a pedido de la CTA, que suspende la aplicación de las disposiciones respectivas.
El juez Enrique Lavié Pico habilitó la feria judicial para tratar, por separado, distintos amparos presentados contra la totalidad del DNU, lo que desarma el proceso colectivo en el cual el gobierno de Javier Milei pretendía que confluyeran todos los cuestionamientos a esa medida.
El magistrado declaró la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo -como había sido considerada la presentación del Observatorio de Derecho de la Ciudad- y comunicó al Registro de Procesos Colectivos para su "desvinculación inmediata".
En esa dirección, el juez Lavié Pico -quien se encuentra de turno en la feria judicial- ordenó que sean remitidas a "las jurisdicciones correspondientes" las "actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso" colectivo, informaron fuentes judiciales.
La decisión del juez habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el decreto de necesidad y urgencia 70/23.
Mala para el Gobierno
Fue en ese contexto que el magistrado consideró que se volvía inoficioso el pedido de inhibitoria del Estado nacional para acumular las causas en trámite en el fuero laboral -en el que se dictaron medidas cautelares que suspenden parte del DNU- al fuero Contencioso Administrativo Federal.
La decisión de Lavié Pico es ratificar que aquello que se ha resuelto en la Cámara Nacional del Trabajo seguirá en este fuero, por lo que ha desarmado lo que el magistrado tenía en su juzgado de tratar el asunto como un amparo colectivo.
Es una determinación contraria a lo pedido por el gobierno nacional a través de la Procuración del Tesoro, que pretendía concentrar todos los amparos en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
El Gobierno podrá apelar esa disposición del juez que decide tratar cada uno por separado: el que él tiene, que es contra la totalidad, y aquel del fuero laboral, con dos medidas cautelares presentadas con finalidad de veto parcial.
De hacerlo, intervendrá la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que resolverá si los amparos siguen analizándose por separado o se concentran todos en este último fuero.
"Torna procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial de enero en la tramitación de estos actuados entraña un riesgo cierto e inminente de la posible frustración de derechos que no podrían encontrar una protección oportuna en el caso de tener que esperar el transcurso de la feria judicial", explicó el juzgado.
Paso seguido, Lavié Pico le dio trasladado al gobierno nacional para que en un plazo de tres días haga un descargo en defensa del DNU ante la cautelar pedida y cinco sobre el fondo del asunto, tras lo cual resolverá.
"No se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la asociación actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa", argumentó.
"Además, tampoco se encuentra debidamente delimitado que el decreto atacado produzca un perjuicio por igual a todos los sujetos que se pretende representar, lo cual descarta la configuración de los recaudos necesarios para la procedencia formal de la acción colectiva intentada", agregó.
Segunda cautelar para frenar el capítulo laboral del DNU
La Sala de Feria de la Cámara Nacional del Trabajo dictó una nueva medida cautelar que hace lugar al pedido, en este caso de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA), de poner freno a las reformas laborales impulsadas por el DNU del presidente Javier Milei.
En el mismo sentido en el que resolvió el miércoles frente el pedido de la CGT, el Tribunal dispuso la cautelar para frenar las reformas laborales "contenidas en su título IV Trabajo hasta tanto se dicte la resolución de fondo".
En los argumentos de la resolución, los jueces advirtieron "los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada".
“Hecha pública la convocatoria a un paro general por las centrales obreras para el 24 de enero en curso y habiendo dispuesto la CSJN no dar tratamiento inmediato al proceso originario habilitado ante su sede con motivo del DNU cuestionado, el peligro en la demora es aún mayor teniendo en cuenta las importantes modificaciones introducidas por el DNU", advirtieron los camaristas al fundar la cautelar dictada en pleno receso judicial de verano.
De esta manera, el Tribunal admitió la vía procesal del amparo para analizar la constitucionalidad del DNU; la competencia laboral para entender en la causa; la legitimación activa de la CTA para promover el amparo y el planteo de "exclusión" de la acción de clase que tramita ante el fuero Contencioso Administrativo Federal.
También admitió la recusación de la jueza de primera instancia que rechazo la demanda, por haber adelantado opinión sobre el fondo del asunto.
Lo que se prevé, tal cual lo comunicaron fuentes de la Procuración del Tesoro, es que ambas resoluciones van a ser apeladas mediante un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia para lo cual cuentan con tres días una vez notificado.
No obstante, cabe recordar que, ante un planteo del gobierno de La Rioja, la Corte Suprema resolvió que no intervendrá hasta después de la feria judicial de verano y una vez que haya dictaminado el Procurador General de la Nación.
Mientras tanto, a raíz del fallo del miércoles y este otro de la Cámara del Trabajo, las reformas laborales contempladas en el DNU han quedado por el momento suspendidas.

