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Nueva condena para el boxeador local Santiago "Zurdito" Prado

Tras ser declarado coautor responsable del delito de robo, el Tribunal unificó dos sentencias, la reciente y la que le impusieron en 2022, quedando en la pena única de tres años de prisión efectiva

La Cámara del Crimen volvió a condenar este martes al boxeador villamariense Juan Santiago “Zurdito” Prado (29), quien tuvo que responder ante la Justicia por un hecho de robo cometido en coautoría, por el cual fue sentenciado a la pena de un año y dos meses de prisión efectiva, sentencia que se unificó con otra que le habían impuesto en 2022, quedando en la pena única de tres años de cárcel.

El deportista local y también albañil ya había sido condenado en 2019 a la pena de dos años de prisión en suspenso por un hecho de violencia de género, acaecido en perjuicio de su expareja, a quien agredió con un golpe de puño en el estómago.

Tres años después, en mayo del 2022, Prado volvió a pasar por Tribunales y se llevó su segunda sentencia. En diciembre del año pasado, la Justicia solicitó nuevamente su detención en el marco de una causa por robo, por la cual fue condenado este martes.

Durante la misma audiencia, presidida por la camarista Edith Lezama de Pereyra, donde también se juzgaron otros delitos contra la propiedad, fueron condenados otros tres vecinos de Villa María de 20, 21 y 33 años.

Los dos más jóvenes, identificados como Cristian Fabián Guzmán (20) y Alexis Emanuel Moreno (21), ambos con domicilio en la ciudad, fueron condenados por robo agravado por la participación de un menor y otros tres episodios de robo, recibiendo en ambos casos la pena de tres años de prisión en suspenso (tanto Guzmán como Moreno pueden volver a su domicilio pero tienen que cumplir una serie de reglas impuestas por la Justicia).

La pena más severa de la jornada recayó sobre Jesús Antonio Prado (33), sujeto nacido en Córdoba pero domiciliado en esta ciudad que enfrentó cargos por cuatro hechos de robo, dos episodios de encubrimiento reiterado y un hecho de desobediencia a la autoridad, delitos que fueron merecedores de la pena de tres años de cárcel de cumplimiento efectivo.