En la Cámara del Crimen, en el quinto piso de Tribunales, Juan José Ceferino Somoya recibió una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y una multa de 10 mil pesos por ser el autor responsable de los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y hurto simple.
Al ser la condena en suspenso, se ordenó la inmediata liberta del hombre de 47 años. Sin embargo, para evitar regresar a la cárcel, se le impusieron determinadas reglas de conducta.
Entre ellas deberá fijar un domicilio del que no podrá mudarse sin previo aviso al Tribunal interviniente, tendrá que abstenerse de consumir drogas o de concurrir a lugares donde se expendan y no podrá mantener contacto con personas que padezcan adicción.
Por último, también se verá obligado a someterse un tratamiento médico por su problemática.
Los hechos
La encargada de leer la pieza acusatoria fue la secretaria Gabriela Sanz. El primer acontecimiento por el que el sujeto llegó al banquillo de los acusados tuvo lugar el 29 de abril de este año. Durante esa jornada, según se informó, el individuo se apoderó de un celular.
El segundo de los hechos ocurrió el 7 de mayo, también de este año, cuando en Bulevar Cataldi S/N de Arroyo Cabral, encontraron que Somoya tenía sin autorización y con los fines de comercializar, 14 envoltorios de cocaína con un peso total de 3,6 gramos. Asimismo, en el lugar también hallaron un porro con un peso de 0,6 gramos.
Fue en el marco de este allanamiento que la Policía secuestró el celular que el hombre había robado en el episodio anterior.
Una vez finalizada la lectura de los sucesos, la jueza Eve Flores le tomó los datos personales. En esas circunstancias contó que nació en James Craik y que, además, vivió en Morrison.
Por otro lado expresó que consumía cocaína y marihuana y que, en la penitenciaría, realizó un tratamiento con psicólogos. Finalmente, al momento de declarar, se hizo cargo de los hechos.
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Entre ellas deberá fijar un domicilio del que no podrá mudarse sin previo aviso al Tribunal interviniente, tendrá que abstenerse de consumir drogas o de concurrir a lugares donde se expendan y no podrá mantener contacto con personas que padezcan adicción.
Por último, también se verá obligado a someterse un tratamiento médico por su problemática.
Los hechos
La encargada de leer la pieza acusatoria fue la secretaria Gabriela Sanz. El primer acontecimiento por el que el sujeto llegó al banquillo de los acusados tuvo lugar el 29 de abril de este año. Durante esa jornada, según se informó, el individuo se apoderó de un celular.
El segundo de los hechos ocurrió el 7 de mayo, también de este año, cuando en Bulevar Cataldi S/N de Arroyo Cabral, encontraron que Somoya tenía sin autorización y con los fines de comercializar, 14 envoltorios de cocaína con un peso total de 3,6 gramos. Asimismo, en el lugar también hallaron un porro con un peso de 0,6 gramos.
Fue en el marco de este allanamiento que la Policía secuestró el celular que el hombre había robado en el episodio anterior.
Una vez finalizada la lectura de los sucesos, la jueza Eve Flores le tomó los datos personales. En esas circunstancias contó que nació en James Craik y que, además, vivió en Morrison.
Por otro lado expresó que consumía cocaína y marihuana y que, en la penitenciaría, realizó un tratamiento con psicólogos. Finalmente, al momento de declarar, se hizo cargo de los hechos.

