El conflicto comenzó en octubre de 2024, cuando la familia recibió una carta documento informando que la institución no renovaría la matrícula de Benicio y Renata para el ciclo 2025. La medida fue interpretada como un acto discriminatorio, en especial hacia Benicio, y motivó la intervención judicial. Una cautelar inicial garantizó provisoriamente su permanencia en el colegio, pero ahora la resolución definitiva confirmó que el accionar de la escuela constituyó una represalia y un hecho de discriminación.
La disputa se habría intensificado luego de que Rey hiciera público su malestar al recibir una foto de su hijo acostado en una colchoneta dentro del aula, situación que la familia consideró inadmisible y carente de criterios de inclusión. Según el fallo, ese reclamo mediático habría motivado la respuesta del establecimiento educativo, pese a que el arquero se ofreció a afrontar los costos de las adaptaciones pedagógicas necesarias.
La abogada de la familia, Carla Junqueira, calificó la resolución como un “precedente ejemplar”, basado en normativa nacional e internacional que prioriza el derecho a la igualdad. La Justicia también instó a la provincia de Buenos Aires a implementar capacitaciones obligatorias en inclusión para todas las escuelas privadas.
Desde la ONG TEActiva celebraron la sentencia y remarcaron que reciben de manera constante denuncias de familias cuyos hijos con CUD son rechazados o limitados en su escolaridad. Para la organización, la falta de formación docente es uno de los principales obstáculos para una inclusión real.
A la vez, referentes de la salud mental, como la psiquiatra Alexia Rattazzi, subrayaron la necesidad de un cambio conceptual que abandone el término “trastorno” y lo reemplace por “condición”, para reducir estigmas y promover la comprensión de la neurodiversidad como parte de la diversidad humana.
Con esta decisión judicial, el caso Rey se convierte en un punto de referencia para miles de familias que luchan por garantizar el derecho a la educación inclusiva en Argentina.