Nacionales | Congreso | ley-de-alquileres |

Diputados dio media sanción al proyecto de ley de alquileres

Busca equilibrar las relaciones contractuales entre propietarios e inquilinos. El texto fue avalado por 192 votos a favor y 23 abstenciones

La Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto sobre ley de alquileres, que apunta a equilibrar las relaciones contractuales entre inquilinos y propietarios.

En una extensa jornada, la iniciativa logró el respaldo de 192 legisladores, en tanto 23 diputados se abstuvieron y ninguno votó en contra.

Las deliberaciones en el recinto comenzaron en horas del mediodía.

El proyecto de alquileres llegó a la Cámara Baja después de un laborioso acuerdo entre el oficialismo y la oposición, y luego de varios años de estancamiento parlamentario con marchas y contramarchas que impedían que el tema avanzara.

El miembro informante de Cambiemos, Daniel Lipovetzky, recordó el fuerte debate que el tema despertó y que comenzó con "posiciones muy contrapuestas" que poco a poco se fueron puliendo.

El diputado macrista, que en pocos días abandonará la Cámara Baja, y que trabajó para articular los acuerdos en su rol de presidente de la Comisión de Legislación General para llegar al recinto con un dictamen unificado, precisó que el universo de inquilinos asciende a ocho millones de personas que se encuentran en una posición de poder "desigual" respecto de los locadores.

Contra los abusos

"Esta ley viene a equilibrar las relaciones entre ambas partes y a corregir abusos", destacó.

"Si dividimos a la población en quintiles, en los más bajos es imposible que una persona pueda alquilar; pero en el tercer quintil, la población media, un alquiler medio implica un 35% del ingreso de esa persona", especificó.

Además de llevar el plazo mínimo de los alquileres de dos a tres años, el texto consensuado fija que el depósito de entrada sea por un monto no mayor al valor al primer mes de alquiler.

A su vez, se amplía la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldo, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.

A su vez, se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino.

 Al intervenir en el debate durante la sesión, la radical Brenda Austin coincidió con Lipovetzky al sostener que esta iniciativa viene a "equilibrar la relación entre las partes", y ponderó "la definición clara" en el texto de la ley sobre lo que son las expensas ordinarias y las extraordinarias.

La diputada del Movimiento Evita Silvia Horne también celebró el acuerdo para la media sanción y puso el foco en la crisis habitacional que en la ciudad de Buenos Aires se ve reflejado en las 7.500 familias viviendo en la calle según estadísticas oficiales de julio de este año.

Puntos principales

El proyecto de ley de alquileres establece entre otros puntos la extensión del contrato a tres años, una fórmula para la actualización de los precios que combina aumento de salarios e inflación y agrega nuevos sistemas de garantías.

Los prinicipales puntos son los siguientes:

Duración del contrato de locación.- El nuevo texto extiende de dos a tres años el plazo mínimo de los contratos de locación de un inmueble. “El contrato de locación del inmueble, cualquiera sea su destino, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considerará celebrado por el plazo mínimo legal de tres años, excepto los casos del artículo 1199”, establece el proyecto; en los casos de excepción se incluyen sedes diplomáticas, viviendas destinadas a alquiler con fines turísticos, predios feriales o inmuebles de guarda.

Actualización de precios.- En ese sentido se establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con el Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

Ampliación de garantías.- Otro punto clave del proyecto es que se establece que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente. El inquilino presentará dos propuestas de garantías y el propietario estará obligado a elegir una.

Depósitos.- La iniciativa establece que si el destino del inmueble es habitacional, se fija en un mes el depósito que tendrá que abonar el locatario. En tanto, al momento de la devolución –al finalizar el contrato- el depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

“En el caso de existir alguna deuda por servicios públicos domiciliarios o expensas, correspondientes al período contractual y que al momento de la entrega del inmueble no hubiese sido facturada, podrá acordarse su pago tomando al efecto los valores del último servicio o expensas abonado, o bien el locador podrá retener una suma equivalente a dichos montos como garantía de pago”, indica el texto.

Expensas extraordinarias.- Se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino. “El locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originen en el destino que dé a la cosa locada. No tiene a su cargo el pago de las que graven la cosa ni las expensas comunes extraordinarias. Sólo podrá establecerse que estarán a cargo del locatario aquellas expensas que deriven de gastos habituales, entendiéndose por tales aquellos que se vinculan a los servicios normales y permanentes a disposición del locatario, independientemente de que sean considerados como expensas comunes ordinarias o extraordinarias”, explica el proyecto.

Interrupción del contrato y aviso previo.- Otro beneficio para los inquilinos es que podrán interrumpir el contrato y abandonar la vivienda en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumplen con un mínimo de tres meses de aviso previo y siempre y cuando hayan cumplido con al menos seis meses de contrato.

Declaración ante la Afip.- Otro aspecto clave del proyecto es que se deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (Afip), dentro de los plazos que disponga este organismo, que a la vez deberá dar facilidades para poder cumplir con esta medida.

Alquiler social.- Además, se crea el Programa Nacional de Alquiler Social. destinado a jubilados, pensionados, y aquellas familias que no tengan cómo acceder a un sistema de garantías. En ese sentido se establece que a través de ese plan se otorgarán garantías de fianza o seguros de caución para contratos de alquiler de viviendas; y se propiciará la creación de líneas de subsidios o créditos blandos, entre otras medidas.

Corredores inmobiliarios.-  “En las locaciones de inmuebles la intermediación sólo podrá estar a cargo de un corredor profesional matriculado”.

Comentá esta nota

Noticias Relacionadas