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"Hay contribuyentes con alta capacidad económica pero sin voluntad de pago"

Lo aseguró la secretaria de Economía y Modernización, Daniela Lucarelli, sobre aquellos "morosos" que fueron identificados en la base de datos

El gobierno local presentó el Plan de Saneamiento de deudas municipales, un conjunto de medidas que otorgan beneficios de manera escalonada, que van desde la condonación total de los intereses hasta el pago en 36 cuotas, según la modalidad y vencimiento que elija el vecino para la cancelación de su deuda. Se trata de un paquete de medidas que ya se encuentra en vigencia y se extenderá hasta el 30 de septiembre. El objetivo es brindar posibilidades para que los contribuyentes mantengan al día sus obligaciones impositivas.

En ese marco, la secretaria de Economía y Modernización, Daniela Lucarelli, expuso la situación de aquellos contribuyentes que, teniendo la posibilidad de cumplir con los pagos establecidos, carecen de voluntad de pago.

“Están muy bien identificados en nuestra base, eso quiero transmitir, que tenemos herramientas que nos permiten segmentar los contribuyentes y están bien identificados; por lo tanto, sabemos que son contribuyentes con alta capacidad económica y mora tardía, ya que la temprana son doce meses, a partir de ahí ya empezamos a calificarla como intermedia y el que debe más de treinta y seis meses ya es una mora tardía”, explicó la contadora en relación con la segmentación de los contribuyentes.

Están muy bien identificados en nuestra base, eso quiero transmitir, que tenemos herramientas que nos permiten segmentar los contribuyentes y están bien identificados; por lo tanto, sabemos que son contribuyentes con alta capacidad económica y mora tardía Están muy bien identificados en nuestra base, eso quiero transmitir, que tenemos herramientas que nos permiten segmentar los contribuyentes y están bien identificados; por lo tanto, sabemos que son contribuyentes con alta capacidad económica y mora tardía

En esa línea, detalló que, si un contribuyente tiene capacidad de pago y aún así no lo hace, recibirá una invitación para adherir al régimen presentado. “Pasado el vencimiento que es hasta el 30 de septiembre, si no adhirió (lo dice el decreto), el Estado municipal ejercerá nuestras potestades tributarias”, sostuvo.

Y agregó: “Pueden ir desde el embargo de bienes, cuentas, ingresos, inversiones o plazos fijos, lo que sea que tengamos capacidad, hasta informarlos en el veraz o en las bases del Banco Central como deudores del fisco municipal”, dijo Lucarelli.

En el mismo tema ponderó que con este mecanismo no buscan hacer daño, sino impartir justicia tributaria. “Como cualquier esquema tributario, el nuestro tiene que respetar los principios más básicos de la tributación. La justicia y la equidad tributaria son un principio fundamental y si el que menos tiene regulariza sus deudas o trata de cumplir en las doce cuotas del mes, el que más tiene no tendría excusas para hacerlo”, reflexionó.

Como cualquier esquema tributario, el nuestro tiene que respetar los principios más básicos de la tributación. La justicia y la equidad tributaria son un principio fundamental y si el que menos tiene regulariza sus deudas o trata de cumplir en las doce cuotas del mes, el que más tiene no tendría excusas para hacerlo Como cualquier esquema tributario, el nuestro tiene que respetar los principios más básicos de la tributación. La justicia y la equidad tributaria son un principio fundamental y si el que menos tiene regulariza sus deudas o trata de cumplir en las doce cuotas del mes, el que más tiene no tendría excusas para hacerlo

La funcionaria municipal puso de manifiesto que existen contribuyentes en la ciudad, con más de 50 propiedades a su nombre o más de 20 o 10. “Los que tienen 5 o más, en este régimen, no pueden adherir a las mismas opciones que el contribuyente que solo tiene una casa utilizada para vivir. Pero sí estamos viendo contribuyentes que tienen más de diez propiedades o veinte, ya expone una capacidad económica, un nivel de riqueza patrimonial exponencial. También podemos cruzar los datos con rodados y si observamos que tienen determinado modelo hacia adelante y determinada valuación hacia arriba, tal vez también son titulares de una o más actividades económicas”. indicó. “Ese contribuyente no puede deber la contribución, porque los servicios no se dejan de prestar”, dijo

Recalcó que el régimen se diseñó con medidas acordes al bolsillo de los contribuyentes.

Contribuyentes morosos

Sobre el mismo tema, Lucarelli manifestó que existen contribuyentes morosos, aún siendo incluidos en regímenes de pagos anteriores. “No han participado o participaron y lo dejaron. Por lo tanto, esos planes se van a refundir en este o caduca todo el beneficio y les renacen todos los intereses desde el tiempo en que la tienen hacia adelante. Como les hemos exigido, los hemos intimado y han certificado alguna adhesión al plan, en esos terminos, se interrumpió la prescripción y no opera”, precisó.

Remarcó que aquellos contribuyentes con mayor capacidad económica pasaron a procuración después de un tiempo para que no prescriba su deuda y no exista una inequidad tributaria. “No ser injusto con el que sí está pagando, si podemos recaudar evitando las costas judiciales, por supuesto que lo hacemos, pero de mínima tenemos que interrumpir la prescripción”, dijo la titular de la cartera de Economía que junto al intendente y el subsecretario de Finanzas, Pablo Peretti, presentaron las condiciones de pago.