Nacionales | Educación | Nicolás Trotta | cuotas

Los colegios privados prometieron no despedir personal y congelar las cuotas

El acuerdo fue firmado por el ministro de Educación, representantes de las provincias y las cámaras patronales

Los colegios de gestión privada se comprometieron ayer a preservar las fuentes de trabajo del personal docente y no docente y a congelar las cuotas hasta que concluyan las medidas de aislamiento social para frenar el avance de la pandemia de coronavirus.

Así se informó en un comunicado que emitió el Ministerio de Educación junto a los Estados provinciales, la ciudad de Buenos Aires y las cámaras que enrolan a las instituciones de enseñanza privada.

El acuerdo fue firmado por las partes luego de la reunión por videoconferencia que mantuvieron con el ministro de Educación, Nicolás Trotta.

En el acuerdo, los colegios privados se comprometen a preservar las fuentes de trabajo de docentes, no docentes, auxiliares y personal directivo, además de asegurar el pago de los salarios y adecuar las condiciones de trabajo remoto para preservar la salud de trabajadores y estudiantes.

Otro punto es el congelamiento de las cuotas y la retracción de los aumentos producidos antes de la entrada en vigor del Decreto N° 260/2020 al valor que tenían antes del DNU.

Si bien no habrá una disminución en la cuota mensual, sí se suspenderá la facturación de "servicios directos interrumpidos", como el comedor escolar, y de otros "servicios extra escolares".

En el comunicado, las instituciones acordaron flexibilizar y extender las fechas de los vencimientos en el pago de cuotas y suprimir las multas e intereses cuando el abono del arancel no sea en "término".

Los establecimientos educativos contemplarán la situación particular de las familias que necesiten una beca o una disminución en la cuota en caso de que sus ingresos se hayan visto afectados por la emergencia sanitaria y las medidas de aislamiento para frenar el coronavirus.

Los colegios privados también se comprometieron a "no restringir el acceso a las herramientas de aprendizaje por cuestiones vinculadas al pago de los aranceles".

Según el Ministerio nacional, "la realidad de cada una de las 24 jurisdicciones, y dentro de cada una de ellas, la de las escuelas de gestión privada y su comunidad educativa, es diferente, presenta particularidades y demanda enfoques diferenciados para atender las necesidades de las familias, de los docentes y no docentes, y de las propias instituciones".

Así, "coincidiendo en los principios de solidaridad, compromiso, sensibilidad, responsabilidad y esfuerzo compartido, se alcanzaron los siguientes acuerdos entre la Nación, los Estados provinciales, la CABA y las asociaciones que nuclean a las instituciones de enseñanza privada", que se detallan a continuación:

- Preservar las fuentes de trabajo de los docentes, no docentes, auxiliares y personal directivo de las escuelas de gestión privada, asegurar el pago de los salarios, garantizar el derecho a la educación y adecuar las condiciones de trabajo remoto, en caso de que fuera necesario, para preservar la salud de trabajadores/as y estudiantes.

- Congelar el valor de los aranceles hasta que concluyan las medidas de aislamiento social y preventivo obligatorio; y retrotraer los aumentos que se hubieren producido con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto N° 260/2020.

- Suspender la facturación o aplicar descuentos en los accesorios al arancel que respondan a servicios directos interrumpidos (ej. comedor) u otros servicios extra escolares.

- Diferir a solicitud de las familias el pago de un porcentaje del total del arancel, facturado para meses subsiguientes en favor de quienes no puedan afrontarlo, tomando como máxima referencia las necesidades para garantizar el pago de sueldos, cargas sociales y gastos ineludibles para el sostenimiento del Plan de Continuidad Pedagógica.

- Flexibilizar, reprogramar o extender las fechas de los vencimientos de pago de cuotas o aranceles, restringir los recargos financieros por mora en el pago (intereses) y suprimir las multas y otras penalidades o accesorias durante un plazo no menor al del aislamiento social y preventivo obligatorio.

- Abstenerse de aplicar medida restrictiva alguna al acceso a las herramientas de aprendizaje por cuestiones vinculadas al pago de los aranceles.

- Atender situaciones familiares especiales, con la posibilidad de otorgar becas y ayudas transitorias conforme a la realidad de las familias y de cada institución.

- Analizar la estructura de costos y los ahorros posibles sosteniendo las erogaciones esenciales, a fin de disponer, cuando ello sea posible, un descuento en los aranceles; manteniendo la remisión de información conforme a la normativa aplicable.

- Implementar estas medidas durante el aislamiento social preventivo y obligatorio y, una vez concluido, por un plazo idéntico al transcurrido en tal situación.