Esta prestación se determinó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, que fijó un servicio mínimo de 150 pesos para telefonía móvil.
El decreto tuvo como objetivo garantizar el derecho humano de acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) por cualquiera de sus plataformas, lo cual requirió de la fijación de reglas por parte del Estado para asegurar un uso equitativo, justo y a precios razonables.
Podrán optar por adherirse a la PBU las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, así como también sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar; beneficiarios y beneficiarias de Pensiones No Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) salarios mínimos vitales y móviles.
El beneficio se extiende a clubes de barrio, asociaciones de bomberos voluntarios y entidades de bien público.
La PBU "persigue el horizonte de la expansión de derechos establecidos por el Gobierno nacional como lineamiento general para asegurar que todos los argentinos y argentinas gocen de las mismas oportunidades", indicó el Ente.
"Desde el comienzo de su gestión, Enacom estableció que la comunicación es un derecho humano básico, y el acceso a las TIC, un servicio esencial para la construcción de ciudadanía", concluyó el comunicado.