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Juzgaron a cinco hermanos por delivery de droga: dos irán a prisión

La pena mayor (36 meses) recayó en quienes actuaban como supuestos líderes de la organización familiar, Carlos y Carolina Lencina. El resto de los cosanguíneos recibieron un año en suspenso -en dos de los casos- y la absolución

En Tribunales locales juzgaron ayer a cinco hermanos por venta de estupefacientes. La familia Lencina -según precisiones brindadas por la Fiscalía de Cámara- actuaba cual delivery. 

Conforme a los elementos recolectados en la investigación, el fiscal Francisco Márquez determinó  que el quinteto (alternando roles) distribuia las fracciones de sustancia en los domicilios del comprador, o bien, en espacios públicos previamente acordados por teléfono celular. 

Por tales hechos, Márquez le solicitó a la máxima autoridad del juicio (Félix Martínez) que le aplique al clan familiar la pena de seis años de prisión por el agravante de actuar organizadamente entre más de 3 personas.

El juez, luego de escuchar a la parte acusatoria y al abogado defensor de la familia, Marcelo Silvano, resolvió otorgarle a dos de los cosanguíneos (supuestos líderes de la organización) la pena de tres años de prisión por encontrarlos autores del delito de comercialización de estupefacientes; a otras dos mujeres, la pena de un año en suspenso; y a una última hermana, la absolución de todos los cargos que había en su contra.

El pedido del fiscal y los hechos

Minutos antes del mediodía los cinco imputados tomaron sus posiciones en el juicio que los tenía como acusados del delito de comercialización de estupefacientes, hecho agravado por hacerlo entre más de tres personas. Cabe destacar que dicho pedido fue desestimado por el juez de la audiencia.

Carlos, Carolina, Mariana, Vanina y Yesica, todos de apellido Lencina, fueron imputados por hechos ocurridos entre junio de 2017 y marzo de 2018 en Villa María. 

La pieza acusatoria decía que los Lencina “intervinieron de manera conjunta y organizada en actividades relacionadas al tráfico y menudeo de sustancias”, infringiendo de esa manera la ley 23.737.

La investigación llevada a cabo durante más de nueve meses por la Fiscalía de Lucha Contra el Narcotráfico, a cargo de Walter Gesino, llegó a la conclusión de que dicha actividad consistía en la distribución de tareas para la adquisición, fraccionamiento y venta de estupefacientes, acciones que se desarrollaban con ánimos de lucro.

El secretario leyó la acusación. La pieza decía que cualquiera de los miembros del clan se encargaba de la comercialización de la sustancia. Márquez alegó que los Lencina utilizaban un teléfono abierto y que todos contestaban al mismo.

Según el fiscal de Cámara, a través de comunicaciones telefónicas se pactaba todo lo relacionado a la compraventa de sustancias, por ejemplo la cantidad, el precio y el lugar de entrega.

Las suposiciones dejaron de serlo cuando a uno de los imputados -el único varón- lo encontraron el 21 de marzo de 2018 a las 19.30 horas en la intersección de calles Muller y Ramiro Suárez transando con otro sujeto. Por el intercambio de poco menos de un gramo de cocaína, el comprador entregó a Carlos Lencina la suma de 400 pesos.

Ese mismo día hubo dos allanamientos, uno en la casa de Carlos, y otro en la morada de Vanina. El primero de los procedimientos secuestró cerca de 100 gramos de la droga comúnmente llamada  ‘cocaína’, mientras que tras el segundo, la Policía incautó seis bolsas de nylon con la misma sustancia por un peso de 19 gramos.

El alegato de la defensa

La investigación tuvo en cuenta los testimonios de dos personas, quienes aparentemente habrían comprado droga. El abogado defensor de los Lencina, Marcelo Silvano, pidió la nulidad de dichos testimonios por el solo hecho de haber recibido la citación de las indagatorias minutos antes de que se realicen (sin tiempo de anticipación).

También pidió que anulen el allanamiento realizado en dos viviendas situadas en calle Salta al 2725 y 2715, manifestando que la Policía procedió con sólo una orden.

La tercera de las nulidades solicitadas por Silvano se dirigió directamente al requerimiento de citación a juicio. “No hay precisión. Se hace mención de cosas que supuestamente pasaron sin ley que las avale. Se presumen poco más de 200 hechos pero hay sólo una certeza”, esgrimió el letrado que defendía a los hermanos.

El alegato del fiscal, acusando a los Lencina, sostuvo que “desconocer que ésto es una organización supone rendirse y declarar una zona liberada”. 

Por su parte, Silvano declaró: “No podemos condenar a una persona y matarla para que esté presa por ésto”. Finalizando su alegato, pidió por acciones de prevención.

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