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El Juzgado Federal de Bell Ville confirmó que fueron dos los domicilios allanados en esta ciudad

Desde el Poder Judicial de la Nación señalaron que existió un segundo procedimiento en Villa María, el que se sumó al realizado en un estudio jurídico de calles Salta y Lisandro de la Torre. Los investigadores aguardan por un informe que confirme si existió o no el hecho de trata

A través de un comunicado de prensa, el Juzgado Federal de la ciudad de Bell Ville confirmó que, por la investigación con eje en hechos de trata laboral, se efectuaron este martes dos allanamientos en Villa María.

En la edición de ayer, este matutino había dado cuenta de un solo procedimiento, el que se llevó a cabo en horas del mediodía en un estudio jurídico de calle Salta 1305 (casi esquina con Lisandro de la Torre).

En total, los allanamientos realizados en la provincia de Córdoba por personal de la División Unidad Operativa San Francisco de la Policía Federal Argentina (PFA), fueron seis.

La mitad de los operativos se focalizó en Las Varillas, donde efectivamente hubo tres allanamientos. “Esos tres encauzaron a los restantes”, dijeron desde el Poder Judicial de la Nación.

El último registro que ordenó la Justicia se realizó en la zona rural de Corral de Bajo, un paraje cordobés situado dentro del departamento Unión.

En el lugar, efectivos habrían rescatado a cuatro personas, las que supuestamente eran sometidas a jornadas laborales inhumanas.

Para confirmar la existencia de la trata de personas, los investigadores convocaron a profesionales dependientes del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delitos de Trata.

También fueron llamados a intervenir veedores de los colegios de abogados de las ciudades de San Francisco y Villa María.

Dichos profesionales deben elaborar un informe, el cual será remitido al Juzgado Federal bellvillense. Con todo el material recolectado, la Fiscalía resolverá si corresponde realizar imputaciones o no.

El delito que se investiga está contemplado en el artículo 145 bis del Código Penal, apartado incluido en la Ley 26.842 de trata de personas.

La norma expresa que “será reprimido con prisión de cuatro (4) a ocho (8) años, el que ofreciere, captare, trasladare, recibiere o acogiere personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países, aunque mediare el consentimiento de la víctima”.