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Los desafíos que se enfrentan a la hora de legislar en línea

Por Beatriz Busaniche - Licenciada en Comunicación Social. Magíster en Propiedad Intelectual de FLACSO. Presidenta de la Fundación Vía Libre

En la Argentina, como en todo el mundo, existe un debate en torno de cómo mantener actividades indispensables sin que esto suponga poner en riesgo la vida de las personas que deben llevarlas adelante. En nuestro sistema republicano y democrático es clave el funcionamiento de las instituciones legislativas que buscan por estas horas un equilibrio entre la legalidad, la practicidad y la implementación de tecnologías.

Diversos aspectos son fundamentales a la hora de analizar la situación. En primer lugar, no se trata de virtualizar las sesiones sino de realizarlas en pleno ejercicio de las potestades para las cuales están facultados los legisladores desde el lugar donde se encuentren.

Es necesario entonces pensar las reglas a fin de adaptar las condiciones del quórum y la aprobación de las leyes para evitar, en la medida de lo posible, cualquier judicialización que pueda sobrevenir. Como bien dijo la Corte Suprema de Justicia, el Poder Legislativo tiene todas las facultades para modificar y aplicar su reglamento.

Desde Fundación Vía Libre nos oponemos sistemáticamente al voto electrónico. Sin embargo, no vemos problema en que, tomadas las medidas de seguridad apropiadas, en el Congreso se pueda votar una ley de manera remota. ¿Por qué? Por una diferencia sustantiva y esencial: el voto de los legisladores es público, no secreto como el de la ciudadanía.

Con una condición menos que cumplir, lo que se debe asegurar es la integridad y la seguridad de ese voto. Y garantizar además las condiciones para que un legislador pueda corroborar debidamente que su voto es contado como efectivamente se emitió.

Con jurisdicción propia

Un aspecto clave a tener en cuenta es la jurisdicción de la sesión. Poco se habla de esto y es uno de los temas más importantes a la hora de analizar la soberanía tecnológica de un país: la jurisdicción de aquello que ocurre en línea.

Es por esto que la recomendación central en esta materia es no ceder jurisdicción a un Estado extranjero a través de la utilización de plataformas privativas localizadas en otros países. En esos casos, la jurisdicción de la sesión quedará comprometida y bajo el mandato de ley extranjera.

La Argentina cuenta con infraestructura apropiada y desarrollos informáticos a la altura de las necesidades, por lo que la recomendación es que se realice con sistemas libres, abiertos y bajo jurisdicción argentina. De este modo, cualquier adquisición de tecnologías para este fin se debería realizar con criterios de estricta evaluación de necesidad, austeridad y transparencia.

Es clave revisar la seguridad de los sistemas de identificación, ya que las aplicaciones conocidas hasta el momento no cumplen con estándares suficientes en la materia. El Estado argentino no se ha caracterizado por desarrollar aplicaciones confiables en los últimos años. La aplicación MiArgentina no es la excepción en ese sentido.

De esta manera, la seguridad final de la sesión estará dada por el método más analógico posible: la confianza pública, la responsabilidad y el deber de cada legislador y cada legisladora de respetar y aceptar la voluntad del voto mayoritario, evitando generar escándalos y operaciones impropias del momento crítico por el que estamos atravesando.

Por Beatriz Busaniche - Licenciada en Comunicación Social

Magíster en Propiedad Intelectual de FLACSO. Presidenta de la Fundación Vía Libre,

dedicada a la defensa de derechos fundamentales en entornos

mediados por tecnologías de

información y comunicación.