La Legislatura de Córdoba aprobó ayer la nueva ley de autos judicializados, que prohíbe que sean usados por el Ejecutivo y el Legislativo provincial.
De los 3.500 autos judicializados que hay en la provincia, 2.500 están en el Estado y la mayoría deberán ser devueltos.
También se votó la nueva norma para el otorgamiento de licencias de conducir, que unifica criterios, a diferencia de la anterior.
El artículo primero de la flamante ley de los autos judicializados dice textualmente:“Los automotores secuestrados en causas penales serán entregados en el término de treinta días por el juez o fiscal de Instrucción, definitivamente o en depósito, a sus propietarios, poseedores o legítimos tenedores. Si éstos no pudiesen ser individualizados o hallados al vencimiento del término, deberán ser puestos a disposición del Tribunal Superior de Justicia, el que, mediante resolución fundada, podrá asignarlos en depósito gratuito con carácter provisorio y exclusivo para el uso del Poder Judicial de la provincia de Córdoba y de las Fuerzas Armadas y de seguridad, conforme sus funciones y requerimientos”.
Yañade:“También podrán ser asignados, mediante resolución fundada, a fundaciones o asociaciones civiles de bien público -con personería jurídica- para el cumplimiento de sus objetivos específicos, conforme los requisitos y el procedimiento que fije el Tribunal Superior de Justicia”.
En tanto, “cuando los vehículos secuestrados resultaren ser camiones, acoplados, semiacoplados, ómnibus, furgones tipo combi, tractores, carretones, maquinaria agrícola o vial, el Tribunal Superior de Justicia podrá asignarlos, mediante resolución fundada, a municipios o comunas que hayan adherido a las disposiciones de la Ley Nº 8560 -Texto Ordenado 2004- y sus modificatorias, para el cumplimiento de trabajos o servicios, conforme las condiciones que se establecen en el artículo 1º de esta ley y las que determine la reglamentación”.

