Una semana después de conocerse un adelanto de los productos regionales que serían incluidos en el Dólar Agro, una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial puso blanco sobre negro y terminó con la incertidumbre desatada el lunes de la semana pasada.
Finalmente se especificó cada producto y eso confirmó que el maní, en todas sus variedades, quedó contemplado con un dólar diferencial de $300.
La noticia tiene mayor impacto en Córdoba ya que sigue siendo la que concentra fuertemente la producción de ese cultivo, alrededor del 90% de la cosecha nacional.
De todos modos, este año en particular la producción no será significativa ya que se esperan 396 mil toneladas de grano limpio y seco, lo que implica una caída del 45% contra el promedio histórico de la provincia. En el rinde promedio se prevé una caída, según señaló la Bolsa de Cereales de Córdoba en su último relevamiento, del 35% frente a la marca histórica. Este ciclo rondaría los 24 quintales por hectárea de maní en caja seco y limpio.
La incógnita que ayer había entre las empresas de la ruta 158 es la exigencia de abastecimiento del mercado interno que establece como contrapartida la normativa del tipo de cambio diferencial frente a la caída de producción. Sin embargo, el volumen de consumo interno no es significativo: el año pasado alcanzó el 5% del total producido. Pero al recortarse fuerte ese volumen general, el peso del mercado local crece en términos relativos.
En cambio, otro de los productos que generaba más expectativas en Córdoba era la leche y sus derivados. Allí no hubo buenas noticias ya que, tal como se preveía, no es parte del listado difundido ayer.
En particular, la preocupación se enfoca en que la medida de un mayor tipo de cambio para algunos productos rompe la relación con los que quedan atados al dólar oficial. La leche es un ejemplo de ello. Porque además, los alimentos de los rodeos y los alquileres de la tierra pasan a estar referenciados en el nuevo tipo de cambio. Por lo cual sufre una suba de costos importante por la decisión del Gobierno sin que eso tenga un correlato en los ingresos. Especialmente la preocupación se centra en los tambos, el primer eslabón de la cadena. Y Córdoba tiene allí un rol protagónico porque disputa con Santa Fe el primer lugar de la producción nacional de leche.
El resto de las posiciones arancelarias
En total, la Secretaría de Agricultura dio a conocer el listado de más de 650 productos de economías regionales alcanzados por los beneficios del Programa de Incremento Exportador (PIE) conocido como "”dólar agro” y ratificó los requisitos que deberán cumplir quienes deseen incorporarse a la iniciativa.
La medida se formalizó a través de la resolución 138/2023, publicada en el Boletín Oficial, en cuyo anexo se detallan las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NMC) entre los que se destacan diferentes especies de peces y productos de la pesca, miel, hortalizas y frutos secos, legumbres, limones y su aceite natural, uvas y pasas, cerezas, ajos, arándanos, té, maní y su aceite, maíz pisingallo, ceras vegetales, aceite de oliva, extracto de carne bovina, aceite de jojoba, vinos, tabaco, productos de forestación, harina de carne y otros.
El 10 de abril, el Gobierno había dado a conocer el Decreto de Necesidad y Urgencia 194/2023, que en uno de sus anexos daba una referencia general de los rubros de economías regionales, aunque no especificaba el detalle de los productos.
El PIE para las economías regionales tendrá vigencia hasta el 31 de agosto (tres meses más que para la soja y derivados, que finalizará el 31 de mayo) y quienes accedan tendrán un tipo de cambio preferencial de $ 300 por dólar para sus exportaciones.
En los considerandos de la resolución se sintetizan las mercaderías consignadas en el anexo de 16 páginas como las derivadas de “las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas - tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos debidamente certificados y autorizados por el organismo competente”.
“Resulta relevante entender la heterogeneidad registrada en la productividad, inserción en el mundo y matriz productiva de las distintas cadenas, a los fines de establecer los requisitos y condiciones para la adhesión al programa”, indicó la resolución en sus considerandos.
La medida confirma los requisitos que deberán cumplir los interesados, como haber exportado las mercaderías detalladas en el anexo en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194 del 9 de abril último, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.

