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Se presentó proyecto del “Programa de adopción de animales sin techo”

Desde la Unión Cívica Radical de Villa María (UCR) plantearon la necesidad de reducir el número de animales que se encuentran en situación de calle y abandono y de descomprimir los refugios tanto públicos como privados, creados y/o a crearse. 

En consideración

La idea principal radica en fomentar la adopción de animales abandonados o que se encuentren en refugios. Ayudando al mismo tiempo a las asociaciones protectoras a descomprimir los refugios, controlando de esta forma la situación en la ciudad.

Para ello, la iniciativa prevé la conformación de un registro de asociaciones civiles y entidades sin fines de lucro que estén destinadas a la protección y lucha de los derechos de los animales que deseen participar del Programa.

Asimismo, brinda  las herramientas al Ejecutivo para realizar acuerdos con dichas organizaciones, como así también universidades, veterinarias, empresas privadas y demás personas que quieran formar parte del plan. Las  asociaciones y entes sin fines de lucro que participen en el programa deberán llevar a cabo una lista de animales en situación de abandono que fueron adoptados, en la cual se determinará el historial de cada uno. 

Además se anotarán los datos de las personas que realicen las adopciones para constatar que efectivamente cuiden a sus nuevas mascotas.

Por esa razón, la iniciativa indica que las personas que amparen a un animal deberán presentar las libretas de vacunaciones, semestralmente, además del certificado de adopción expedido  por los entes registrados.

Las asociaciones tendrán la posibilidad de realizar un seguimiento de las personas que adquieran las mascotas, de las cuales se determinaran quiénes son los que no están cumpliendo con dicho acuerdo. Aquellas personas que no cumplan con el pacto serán pasibles de las multas contenidas en la Ordenanza contra el maltrato animal.

ART. 1: Créase en la ciudad de Villa Nueva el Programa de Adopción para Animales sin Techo.

ART. 2: Créase un registro de asociaciones civiles y entidades sin fines de lucro que estén destinadas a la protección y lucha de los derechos de los animales, dentro de la ciudad de Villa Nueva.

ART. 3: Facúltese al Departamento Ejecutivo para realizar acuerdos con las organizaciones mencionadas supra, como así también universidades, veterinarias, empresas privadas y demás personas que quieran formar parte del plan. 

ART. 4: Las asociaciones y entes sin fines de lucro que participen en el programa entregarán los animales en adopción.

ART. 5: Las asociaciones y entes sin fines de lucro que participen en el programa deberán llevar a cabo una lista de animales en situación de abandono que fueron adoptados.

ART. 6: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente ordenanza, siendo responsabilidad del mismo llevar a cabo periódicamente las jornadas de adopción.



Franco Bossa.  Redacción Puntal

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