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Entre hoy y mañana indagan a los policías detenidos por vejaciones

Los hechos son investigados por el fiscal René Bosio

Ante la requisitoria de Puntal Villa María, el fiscal de Instrucción del Tercer Turno, René Bosio, confirmó este martes que ya está todo listo para que comience la ronda de indagatorias en la causa por apremios ilegales, vejaciones y severidades, cargos que pesan sobre cinco policías de la Departamental General San Martín.

El magistrado confirmó que las indagatorias se llevarán a cabo en dos jornadas: hoy una parte y mañana otra.

Los funcionarios que están siendo investigados son el comisario Franco Baraballe Salum, la oficial principal Dayana Paredes, la sargento Natalia Fernández y los agentes Pablo Sánchez y Leonel Moresco, todos imputados por hechos en perjuicio de tres detenidos, quienes habrían sido maltratados en la alcaidía de barrio San Justo.

Cabe señalar que la investigación comenzó con una denuncia que dejó asentada en la Unidad Judicial la madre de un joven detenido.

Durante las averiguaciones, Bosio requirió que se analice el material de cámaras de seguridad (procedimiento que efectivizó la Dirección de Investigación Operativa de la Policía Judicial) y que se secuestre documentación y se realice una inspección ocular de la alcaidía (lugar donde se habrían dado los hechos).

Asimismo, ni bien se abrió la investigación, la Fiscalía del Tercer Turno avanzó en la toma de varios testimonios, material que fue incluido en la causa y que condujo a la detención de los cinco uniformados.

Resta señalar que cuatro de los cincos detenidos (Baravalle, Fernández, Sánchez y Moresco) también fueron imputados por falsedad ideológica, delito que establece que “será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio”.

Sobre los delitos de vejaciones, severidades y apremios ilegales, conductas tipificadas en los incisos 2 y 3 del artículo 144 bis del Código Penal, se dice que el funcionario que accione de tal manera “será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo”.