Pese a los graves hechos de violencia registrados el pasado domingo en Las Perdices, el Tribunal de Penas de la Federación Cordobesa de Fútbol envió a disputar los 21’ restantes del partido de ida de cuartos de final del Torneo Provincial.
Priorizando el hecho deportivo, por sobre el castigo (el artículo 20 del Reglamento del Torneo establece que ante hechos de violencia se puede descalificar a los clubes) ante la gravedad de lo acontecido adentro y afuera del campo de juego en “El Bosque” de Las Perdices, el partido continuará el domingo a las 17 en el mismo escenario, aunque sin público.
Alumni ganaba 3-2 cuando el partido fue suspendido ante el enfrentamiento de ambas parcialidades. San Lorenzo reclamó la descalificación del Fortinero porque sus parciales derrumbaron el alambrado que conformaba un “pulmón” que separaba ambas hinchadas, pero el Tribunal aceptó las disculpas de la entidad villamariense, que esgrimió que ambas parcialidades participaron de los hechos de violencia, y remarcó la fragilidad de las medidas de seguridad de la cancha y los escasos adicionales policiales presentes.
Por lo tanto, el domingo a las 17 se jugarán los 21’ restantes del partido (ambos continuarán con 9 hombres, ya que fueron expulsados 2 jugadores de cada bando), en dos tiempos de 11’ y 10’.
El miércoles a las 21 se disputará la revancha, también sin público, seguramente en Plaza Ocampo.
El fallo
Textualmente el Tribunal consideró: “En primer lugar debemos preguntarnos ¿estuvo bien suspendido el partido? A lo que manifestamos: Sí. El informe del árbitro Richard Moyano es contundente en la narración de los hechos en cuanto manifiesta que ‘comencé a observar que se arrojaban con proyectiles (piedras, botellas plásticas) entre ambas parcialidades…’, lo que dio lugar a que la policía no diera las garantías necesarias para continuar con el encuentro. Siendo esta la causa de la suspensión. Como también señala que a los 21’ del primer tiempo detiene el juego por la irrupción de la parcialidad visitante al pulmón de separación. Quedando acreditada la participación de ambas parcialidades en los disturbios generalizados”.
Entiende el Tribunal: “La aplicación del artículo 20 del Reglamento del Campeonato Provincial de Clubes, que dice: ‘De producirse incidentes provocados por jugadores, miembros del Cuerpo Técnico, dirigentes, delegados, socios y/o la parcialidad de un club, en cualquiera de los encuentros eliminatorios que disputen una pareja de equipos y que consecuentemente tales hechos den lugar a la suspensión del encuentro por parte del árbitro, el Tribunal de Penas de la Federación Cordobesa de Fútbol sancionará al club responsable con la pérdida de los dos (2) encuentros eliminatorios que conforman la serie…’. Como lo solicita el Club San Lorenzo, no es de aplicación para el caso que estamos investigando, dado que está probado que ambos clubes son responsables de la suspensión del partido”.
Aclara el Tribunal: “También diremos que el cúmulo de pruebas de agresiones afuera del estadio aportadas por el Club San Lorenzo, las mismas deben canalizarse ante la Fiscalía actuante, ya que son hechos penales, en los que este Tribunal no tiene competencia y además ya hay una causa abierta en la Justicia Ordinaria caratulada: Actuaciones Sumariales, identificadas con el número 40/23, con conocimiento de la Fiscalía de Instrucción del Tercer Turno de la ciudad de Villa María, Secretaría Número 6”.
Por otra parte, el Tribunal priorizó: “Analizar si el partido debe continuar o debe darse por finalizado. A lo que diremos que por el bien del deporte, los partidos deben dirimirse, en lo posible, dentro del campo de juego, por lo que los minutos restantes deben reprogramarse. Nos preguntamos bajo qué condiciones debe disputarse, y vemos que ante la gravedad de lo ocurrido debe hacerse sin la presencia de público local, ni visitante, como así también el partido revancha debe realizarse en las mismas condiciones”.
Concluye señalando: “Ambos clubes han violado el artículo 80 incisos ‘a’ y ‘b’ que dice: ‘Multa de 2 a 6 fechas, de valor entrada reales, (precio de venta al público: $800) de 50 a 500, según la gravedad de los hechos, al club…’ que ‘a’ Promuevan desórdenes, ‘b’ Arrojen cualquier clase de proyectiles o de otros elementos que se utilicen como tal”.
Acota: “Por imperio de lo normado en los artículos 32 y 33, nos permite agregar para la continuación del encuentro de cuartos de final suspendido y la revancha del mismo la asesoría de jugar sin la presencia de público local ni visitante”.
En definitiva, resuelve:
“1) Determinar la reprogramación de los 21 minutos restantes, más lo que se deba adicionar, del encuentro suspendido, entre los representativos de los clubes San Lorenzo de Las Perdices y Alumni de Villa María.
2) Sancionar al Club San Lorenzo de Las Perdices con multa de 2 fechas de valor entradas reales (precio de venta al público) de 130 por fecha, haciendo un total de 260 entradas, más la accesoria de jugar sin público, ni local ni visitante versus Alumni.
3) Sancionar al Club Alumni con multa de 2 fechas de valor entradas de 200 por fecha, haciendo un total de 400 valor entrada, más la accesoria de jugar sin público, ni local ni visitante versus San Lorenzo de Las Perdices”.
La reprogramación
La Mesa Directiva de la Federación programó para el domingo a partir de las 17 horas en Las Perdices, sin público, la continuidad del partido que Alumni gana 3-2. Restan jugar 21’.
El partido de vuelta se jugará sin público el miércoles 5 de abril a las 21, en cancha a fijar por Alumni.

