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Aborto no punible: Portal de Belén acudió a la Corte para que no se aplique la guía provincial

La entidad apeló el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia que rechazó el amparo que había interpuesto antes la misma institución

La asociación civil Portal de Belén presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) un recurso extraordinario para impedir que se aplique en Córdoba la Guía de Procedimientos para la Atención de Aborto No Punible. 

Dicha guía es, en rigor, un protocolo de prácticas para los casos de interrupciones de embarazos que hayan sido consecuencia de violencia sexual, cuando la vida de la mujer corre riesgo, o si se trata de una mujer con discapacidad mental. Tales casos están contemplados en el Código Penal desde 1921.

En el recurso, Portal de Belén pide al máximo órgano de justicia que resuelva el fondo de la cuestión, que define como “la violación del derecho a la vida”. Agota así los recursos legales, luego de que el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazara en diciembre pasado el amparo que la misma entidad había presentado en 2012 para frenar la aplicación de la mencionada guía. 

Dicho fallo no resolvía aquella cuestión de fondo, pero admitía un recurso de Casación que había presentado la Provincia tras un fallo de la Cámara de Apelaciones (que aceptaba el mencionado amparo) y habilitaba, de hecho, la aplicación del protocolo.

Ahora, la CSJ debe decidir si acepta el recurso presentado por Portal de Belén, proceso que se presume extenso. Hasta entonces, la guía continuaría suspendida en los hospitales públicos provinciales. 

Fundamentos

A través de un comunicado, Portal de Belén explicó sus fundamentos para solicitar el recurso extraordinario. En primera instancia recordó que desde 1991 tiene en funcionamiento "hogares para brindar asistencia integral a mujeres solas en situación de conflicto, a fin de que consoliden la relación con sus hijos".

"A pesar de esto, el fallo del TSJ sostiene que la asociación actora no ha acreditado la conformación adecuada de un colectivo concreto respecto de cuyo interés ostente legitimación activa suficiente para promover la presente acción de amparo colectiva y rechaza el amparo por tal motivo", explica la entidad.

También, indica que para acceder a “un aborto no punible sólo es necesaria una declaración jurada de la mujer que exprese su voluntad de interrumpir la gestación producto de una violación”. 

En otras palabras, “la aplicación de las guías hace imposible investigar si el embarazo fue producto de una violación o no; las mujeres saben que el aborto es gratuito y nadie investigará si ha sido legal o no. El procedimiento garantiza la impunidad a toda embarazada que quiera abortar”.

“En los casos reales de embarazo por violación, como la mayoría se produce en el entorno doméstico, se elimina la prueba y se perpetúa la situación de abuso", insiste el texto.

"Cada año la vida de 80.000 nasciturus queda sujeta al arbitrio de sus madres, quienes pueden lograr su aborto firmando un simple formulario. El más débil -que no puede defenderse por sí mismo-, ha sido despojado de toda tutela jurídica para la protección del bien más preciado: la vida”, amplía el comunicado.

Vigencia

La organización Católicas por el Derecho a Decidir también difundió un comunicado en el que advierte que, más allá del recurso interpuesto ante la CSJ, el protocolo que garantiza el acceso al aborto no punible tiene vigencia en la provincia.

“En diciembre del 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el amparo que la organización “Portal de Belén” presentó contra la realización de los abortos no punibles. En esta sentencia, el máximo órgano de justicia provincial confirmó la vigencia y constitucionalidad del protocolo de atención de abortos no punibles”, evoca el texto.

“Cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación afirmó que la legislación sobre aborto no punible respeta la Constitución Nacional y los tratados de Derechos Humanos, y exhortó a los gobiernos provinciales y nacional a dictar protocolos de atención de que garanticen el acceso a los abortos no punibles en el sistema de salud. En concordancia con esto, el Ministerio de Salud de Córdoba aprobó una Guía de atención de abortos no punibles”, añadió el escrito.

“El derecho vigente y las resoluciones judiciales obligan al gobierno provincial a asumir la responsabilidad de garantizar el acceso a los abortos no punibles en Córdoba y asegurar los recursos necesarios para que esto se efectivice”, prosigue.

“En este contexto, exigimos a la Justicia y al gobierno de la provincia que dispongan de las medidas necesarias para brindar seguridad jurídica a los profesionales de la salud y a las personas gestantes en el acceso a los abortos no punibles en el sistema de salud”, concluye.

TEMAS: aborto
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